Boletines/Brandsen

Decreto Nº1470

Decreto Nº 1470

Brandsen, 09/08/2022

Visto

Visto el Expte. 4015-30569/22 iniciado por la Secretaría de Desarrollo Local y Acción Comunitaria, por el cual tramita el otorgamiento de becas de estudio para estudiantes de nuestro distrito, y;

Considerando

Que este Municipio estima razonable otorgar la ayuda solicitada a fin de facilitar la concurrencia de jóvenes estudiantes de nivel secundario a los distintos establecimientos educativos dentro de la localidad;

 

Que el monto de la beca asciende a la suma de pesos dos mil ($2.000,00) mensuales, a partir del mes de junio a diciembre de 2022;

 

Que para su financiación, encontramos fundamento en la Ley Nacional de Financiamiento Educativo N° 26.075, que establece “…serán utilizados con el objetivo de garantizar la igualdad de oportunidades de aprendizaje, apoyar las políticas de mejora en la calidad de la enseñanza y fortalecer la investigación científica-tecnológica, reafirmado el rol estratégico de la Educación, la Ciencia y la Tecnología en el desarrollo económico y sociocultural del país.”;

 

Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo otorgando las becas educativas para estudiantes de nivel secundario;

El intendente municipal informa

ARTÍCULO 1º.- Otorgase una beca de estudio de pesos dos mil ($2.000,00) mensuales, a partir del mes de agosto hasta diciembre del 2022, a los siguientes estudiantes de nivel secundario: Lugo Guadalupe Ámbar, DNI: 48.854.884, CBU: 0140193203521050762269.-

ARTICULO 2º.-  Dese de baja la beca de estudio a partir del mes de septiembre, otorgada al alumno Dylan Antonio Gómez DNI: 46.280.041.-

 

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado en la Jurisdicción: 7000 - Categoría Programática: 18.04 - Fuente de Financiamiento: 132 Fondo Educativo.-

 

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de                Gobierno, de Hacienda y Administración y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-

 

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y                                  cumplido, archívese.-