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Decreto Nº1422

Decreto Nº 1422

Brandsen, 04/08/2022

Visto

Visto el expediente Nº 4015-30218/22, por el cual la Subsecretaria de Desarrollo y Programas Sociales, solicita asistencia para familias de bajos recursos en el marco del programa Fortalecimiento de Programas Sociales, creado por la ley provincial Nº 13.163, y;

 

Considerando

Que el Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales  fue creado por la ley provincial Nº 13.163, teniendo como fin transferir mensualmente recursos a todos los municipios de la provincia de Buenos Aires para la implementación y sostenimiento de los proyectos sociales;

 

Que  el mismo atiende la necesidad de fortalecer la capacidad técnica y de gestión de los gobiernos locales, en especial en la formulación e implementación de proyectos sociales de atención integral de la familia en el pleno respeto de sus derechos;

 

                        Que habiéndose realizado la evaluación y seguimiento desde el área pertinente a través de los Equipos Técnicos por medio de la encuesta socio-económica, se desprende la situación de precariedad en la que viven distintas familias del ámbito local;

 

Que por lo expuesto, es decisión del Departamento Ejecutivo otorgar la ayuda económica solicitada dictando el pertinente acto administrativo;

El intendente municipal informa

ARTÍCULO 1º.- Otorgase a las familias que a continuación se detallan, alimentos              correspondientes al mes de agosto del año 2022 en el marco del programa “Fortalecimiento de Programas Sociales”, Subproyecto Nº 3 – Rehabilitación y Fortalecimiento Nutricional.-

 

  • ALDAZ, CRISTINA
  • BARRAGAN, GISELA
  • BARRIOS SILVIA
  • CARDOZO, SILVIA
  • CENTURION, TATIANA ALEJANDRA
  • DIAZ DANIELA
  • DIAZ, YESICA ANABELA
  • FALCON MARIA ESTER
  • FUNES VIVIANA
  • GOMEZ SUSANA (Escobar Alejandro)
  • HERRERA SILVINA
  • IZURRIENTA GUILLERMO
  • LEGNANI, MARIA CRISTINA
  • LLANOS BALCEDO JORGELINA
  • LUNA ANTONELLA
  • OCERIN PILAR
  • OLIVIERI, AGOSTINA MARIEL
  • PALOPOLO IVONNE
  • PIEDRA, LORENA
  • STACUL SILVANA
  • TEBES LUCIANO
  • VARGAS LIDIA ESTELA
  • ZABALA CLAUDIA
  • ZABALA LORENA
  • ZUBIRI PAMELA

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado                          con cargo a: Jurisdicción: 3000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social - Categoría Programática: 36.02 Rehabilitación y Fortalecimiento Nutricional - Fuente de Financiamiento: 132.-

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de              Gobierno, de Hacienda y Administración y de Salud y Desarrollo Social.-

 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido,          archívese.-