Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0965/22
Coronel Pringles, 11/07/2022
Visto
el Expediente N° 2276/19, iniciado por el Sr. Olasagastia Juan José, Administrador del Hospital Municipal; y
Considerando
Que a fs. 86/86 vta. el Sr. Ariel Barrere, Administrador del Hospital Municipal, solicita se proceda a la renovación de la contratación mediante Locación de Obra del profesional de la Salud no residente FELDMAN Juan Pablo, D.N.I. Nº 22.851.679, Especialista en Cardiología Infantil, para desempeñar tareas en el Servicio de Cardiología Infantil del Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una concurrencia de un día al mes con una carga horaria de seis horas diarias, a partir del 01/07/22 y hasta el 31/12/22, abonándosele la suma mensual de $40.000,00;
Que lo antes expuesto es necesario para contar con la especialidad mencionada, para cubrir la demanda de pacientes y brindar un servicio de calidad en razón que el Hospital local no cuenta con profesionales que ejerzan la misma, amparando lo dispuesto en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que no existe inconveniente en acceder a lo requerido;
Por ello en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Amplíese el período de Contratación mediante Locación de Obra del profesional de la Salud no residente Dr. FELDMAN Juan Pablo, D.N.I. Nº 22.851.679, Especialista en Cardiología Infantil, para desempeñar tareas en el Servicio de esa especialidad en el Hospital Municipal “Dr. Manuel B. Cabrera”, con una concurrencia de un día al mes con una carga horaria de seis horas diarias, a partir del 01/07/22 y hasta el 31/12/22, abonándosele la suma mensual de PESOS CUARENTA MIL ($40.000,00) amparando lo dispuesto en lo normado en el artículo 148° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTICULO 2°: El gasto mencionado en el artículo 1° se atenderá por Jurisdicción 1110122000 “Secretaría de Salud”, Categoría Programática 18.00.00 “Unidades con Internación”, Partida 3.4.2.0. “Médicos y Sanitarios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”.
ARTICULO 3°: Ordénese a la Mesa General de Entradas a re caratular el Expediente N° 2276/19, donde dice iniciado por el Sr. Olasagastia Juan José, Administrador del Hospital Municipal, deberá decir “…iniciado por el Sr. Ariel Barrere, Administrador del Hospital Municipal…”
ARTICULO 4°: Cúmplase, comuníquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0965/22.