Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 0945/22
Coronel Pringles, 07/07/2022
Visto
el Expediente N° 1.753 del año 2022, iniciado por el Centro de Día “Hermandad” de Coronel Pringles; y
Considerando
Que por el mismo solicita autorización para el lanzamiento de un Bono Contribución cuya emisión será de 1.000 boletas con un número de 3 cifras cada una, por un valor de $6.000,00 la boleta, que podrá abonarse al contado o en 6 cuotas de $1.000,00 cada una;
Que los premios consisten en: 1º: $600.000; 2º: $200.000,00, y 3º: $100.000,00, todos en órdenes de compra, con fecha de sorteo el sábado 26 de marzo de 2023; sorteos mensuales de $10.000 en orden de compra, del mes de abril de 2022 a febrero de 2023;
Que todos los sorteos se realizarán mediante la utilización del sorteo nocturno, Lotería o Quiniela, efectuado por el Instituto Provincial de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, con la modalidad Sale o Sale;
Que la Comisión del Centro de Día “Hermandad” ha dado cumplimiento a todas las disposiciones legales vigentes, destinando lo recaudado a gastos de funcionamiento y pago de honorarios;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Autorícese a la Comisión Directiva del Centro de Día “Hermandad” a realizar un Bono Contribución ajustado a las disposiciones emergentes de la Ley Provincial N° 9.403, su modificatoria N° 11.349/92 y la Ordenanza Municipal N° 4.656/20 – “Reglamento de Colaboración Institucional para la realización de rifas, bonos contribución y juegos de azar”, por la cual se pondrá en circulación una serie de 1.000 boletas con un número de 3 cifras cada una, por un valor de $6.000,00 la boleta, que podrá abonarse al contado o en 6 cuotas de $1.000,00 cada una, cuyos premios consisten en: 1º: $600.000; 2º: $200.000,00, y 3º: $100.000,00, todos en órdenes de compra, con fecha de sorteo el sábado 26 de marzo de 2023; sorteos mensuales de $10.000 en órdenes de compra, del mes de abril de 2022 a febrero de 2023, destacando que toso los sorteos se efectuarán por Lotería o Quiniela (nocturna) del Instituto Provincial de Loterías y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, modalidad Sale o Sale. Lo recaudado se destinará a gastos de funcionamiento y pago de honorarios.
ARTICULO 2°: De acuerdo a lo normado en la Ordenanza 4.656, Articulo 4° Punto 10, la Institución deberá informar de forma previa a cada sorteo las boletas/números que participarán del mismo enviando listado, preferentemente en formato Excel, a la dirección de correo electrónico: gobiernoeinspeccion@coronelpringles.gov.ar.
ARTICULO 3°: Comuníquese, cúmplase, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 0945/22.