Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1897/22
General Pueyrredon, 03/10/2022
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas la Secretaría de Educación a los fines del mantenimiento de servicios esenciales para la población, solicita el reconocimiento de los servicios prestados por la agente Anabel Fernández, en el Jardín de Infantes Nº 20.
Por ello, en uso de las facultades delegadas mediante Decreto Nº 0916/2020,
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Reconocer los servicios prestados por la agente ANABEL FERNANDEZ (Legajo Nº 30.717/55 – CUIL 27-33266119-7) como MAESTRO DE SECCION ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-21-99-01), en reemplazo de la agente Verónica Vanesa Gómez (Legajo Nº 27.572), en el Jardín de Infantes Nº 20 (U.E. 08-02-2-1-1-20):
ARTÍCULO 2º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante los días que allí se indican, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Reconocer el pago, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el día que allí se indica, de la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 1-1-0 - Fin./Fun. 3-4-2 - Programático 24-00-00 - Inc. 1 - para el Art. 1º Inc. a): P.P. 1 - P.p. 1 - P.Sp. 8 – para el Inc. b): P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 1 – para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 4º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 6 – Ap. 14 - para el Art. 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14 - para el Art. 6º: P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 9 – F.Fin. 1-3-1 - para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 – F.Fin. 1-3-1.
ARTÍCULO 9º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI