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Ordenanza Nº5505

Ordenanza Nº 5505

Bragado, 05/09/2022

VISTO: La solicitud presentada por la firma BATERIAS ELPRA S.A., referente a la compra de cinco parcelas ubicadas en el Parque Industrial de Bragado “Ing. Jaime Bernardo Coll”, en los términos de la Ordenanza Nº 4198/12; y, CONSIDERANDO: Que, por medio del Expediente Nº 1888/22, la empresa Baterías Elpra S.A., CUIT Nº 30-71128711-2, solicita la compra de cinco parcelas ubicadas en el Parque Industrial de Bragado para desarrollar su actividad dedicada a los rubros de ensamblado de motos y vehículos eléctricos, venta por mayor y menor de baterías, máquinas y herramientas en gral., y recuperación de materiales y desechos metálicos y no metálicos; Que, se ha puesto a disposición las Parcelas 1, 2, 3, 4 y 5  de la Fracción 16 del Parque Industrial, las cuales han sido tasada por el Departamento de Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en la suma de pesos Cuarenta y Un Millones Novecientos Mil ($ 41.900.000) por todas las parcelas; Que, por aplicación del artículo 4 inciso a) de la Ordenanza Nº 4198/12 los nuevos emprendimientos gozan de un descuento de hasta el cincuenta por ciento (50%) del precio de las parcelas a adquirir; Que, la Dirección General de Producción, Industria y Empleo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Producción solicita que la bonificación a aplicar sea del 47.73% sobre el valor total tasado;

Que, por tal razón la empresa Baterías Elpra S.A. abonará la suma total de Pesos Veintiún Millones Novecientos Mil ($ 21.900.000) por la adquisición de las parcelas en el Parque Industrial, monto que pagará en dieciocho (18) cuotas mensuales, iguales y consecutivas;

Que, a su vez con la nota de elevación se adjunta Constancia de inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y copia de la resolución de reconocimiento de la personería jurídica extendida por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas;

Que, de igual modo, la Administración ha constatado la actividad laboral del solicitante, conteste a los requerimientos normativos que alcanzan a las modalidades y restricciones para las transferencias de parcelas Industriales en el Parque Industrial de Bragado;

Que, corresponde al Honorable Concejo Deliberante legislar al respecto de un todo de acuerdo a la legislación vigente, por ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

 

ORDENANZA Nº 5505/22

ORDENANZA

ARTICULO 1º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo la venta a la empresa BATERIAS ELPRA S.A., de cinco lotes de terreno de propiedad municipal ubicados en el Parque Industrial de Bragado “Ing. Jaime Bernardo Coll”, denominados catastralmente como: CIRCUNSCRIPCION V; FRACCION 16; PARCELAS 1, 2, 3, 4 y 5.- ARTICULO 2º.- ACEPTAR la tasación que de los bienes efectuara el Departamento de Tasaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires, con fecha 15 de Junio de 2022; la que alcanza a la suma de PESOS CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS MIL ($ 41.900.000.-) por todas las parcelas.- ARTICULO 3º.- OTORGAR el beneficio establecido en el artículo 4º inciso A) de la Ordenanza Nº 4198/12, por el cual se establece que el adquirente abonará el precio total por la compra de las parcelas detalladas en el artículo 1º, en la suma de PESOS VEINTIUN MILLONES NOVECIENTOS MIL ($21.900.000), pagaderos en dieciocho (18) cuotas mensuales, iguales y consecutivas.- ARTICULO 4º.- La escritura traslativa de dominio se perfeccionará con la cancelación total del precio de venta establecido en el artículo anterior, cuyos gastos correrán por cuenta exclusiva del comprador.- ARTICULO 5º.- El adquirente gozará del término para la concreción del proyecto establecido en el inciso C) del artículo 4º de la Ordenanza Nº 4198/12, bajo pena de rescisión. Encontrándose sujeto a las condiciones y restricciones previstas en la mencionada normativa.- ARTICULO 6º.- CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGISTRESE Y ARCHÍVESE.-