Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº3507

Resolución Nº 3507

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 31/10/2022

Vista la nota presentada por HUGO CESAR TORTI, DNI Nº 11.113.883, mediante la cual solicita se lo exima de las tasas y derechos municipales, según lo establecido en el Art. 4º de la Ordenanza Nº 12925 y modificatorias, y;

CONSIDERANDO:

Que, la actividad llevada a cabo por el recurrente se encuentra inscripta como emprendimiento amparado por Ley Nº13.136 de Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS), según se desprende de fojas 3, a la cual adhiere la Municipalidad de Bahía Blanca;

Que el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925 prescribe “…Las Unidades Económicas de Actividades Laborales de Autoempleo y Subsistencia (ALAS) podrán gozar de la eximición de las tasas y derechos municipales que a continuación se detallan, según corresponda: a) Tasa por habilitación. b) Tasa por inspección de seguridad e higiene. c) Tasa por inspección veterinaria. d) Derechos de construcción. e) Derechos de oficina, solamente en lo referente a las actuaciones. f)Tasa por Otros Servicios Municipales  (TEXTO VIGENTE SEGÚN ORDENANZA 20.726).

Las eximiciones planteadas tendrán un plazo de vigencia de 2 (dos) años, pudiendo ser renovada por un (1) año más cuando las razones estén debidamente justificadas, situación que deberá ser aprobada por el H. Concejo Deliberante.

El D. Ejecutivo brindará a los emprendedores contemplados en la presente la asistencia técnica y científica necesaria para que los mismos cumplan con normas de carácter bromatológicas contempladas en el Código Alimentario Argentino.”;

Que según lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 5, el recurrente fue eximido del pago de dicha tasa por el término de 3 años, mediante expedientes 0-984/2014, 0-3199/2015 y 0-4450/2016;

Por lo expuesto, la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:

 

RESUELVE

ARTICULO 1º): Denegar lo solicitado por HUGO CESAR TORTI, DNI Nº 11.113.883, por no cumplimentarse con lo establecido en el Artículo Nº 4, de la Ordenanza Nº 12.925, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota el Departamento de Recaudación, hecho: ARCHIVESE.-