Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3433
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/10/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la solicitud de construcción y/o demolición presentada al Departamento Contralor de Obras Particulares por Fernando Príncipe obrante a fojas 12, correspondiente a la Partida Nº 118.889;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 30, la inspectora del Departamento Catastro Territorial informa que la observación realizada por este departamento al practicar la inspección de linea surgió que se invade el sector de ochava en forma y dimensiones que se muestran en croquis obrante de fojas 31;
Que esa misma dependencia menciona, en dicho informe, que de otorgarse la excepción, el Municipio acepta la ocupación y el recurrente se compromete a regularizar la misma cuando se realicen reformas en el sector, finalice la vida útil del edificio o razones de interés público exijan su adecuación. Así mismo se debería notificar al recurrente y cargar a la partida mencionada el pago por Derechos de Ocupación de la Vía Pública, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Impositiva 2021;
Que a fojas 35 el Director General de Catastro y Obras Particulares manifiesta que habiéndose cumplido el plazo otorgado a fojas 34, corresponde el pase al Departamento Recaudación;
Que el Departamento Recaudación informa a fojas 40 que atento las actuaciones cursadas en fojas 32 y 35, y de acuerdo a lo normado en el Articulo 36 inc r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente corresponde liquidar a la Partida Nº 118.889 la suma de $1.507,50 desde la cuota 03/2022 a 12/2022 en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, siendo la misma actualizada anualmente conforme Ordenanzas Impositivas futuras;
Que el Artículo 36 inc r) punto 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente, referida a Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, expresa que “...Por la ocupación de la vía pública o espacios declarados de utilidad pública con destino a ochava o ensanche de calle, originada en incorrectos emplazamientos de construcción sobre la línea municipal detectada, o declarada en el Departamento Catastro previa autorización, se abonará por m2 o fracción y por mes o fracción, mientras se mantenga la ocupación, según el siguiente detalle: 1.3 Para los inmuebles ubicados en el resto de las clases: 0.50 módulos(...)Cuando el inmueble este tipificado como edificado comercio, se incrementarán los valores anteriores en un 50%...";
Por ello todo lo expuesto, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 2900/2021:
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Aplicar a la cuenta corriente de la Partida Nº 118.889, en concepto de Derechos de Ocupación o Uso de Espacio Público, por la cuota 03/2022 a 12/2022, la suma de PESOS UN MIL QUINIENTOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($1.507,50), siendo la misma actualizada anualmente conforme Ordenanzas Impositivas futuras, atento a lo establecido en el Artículo 36 inc. r) apartado 1.3 de la Ordenanza Impositiva vigente y, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-
ARTICULO 2º)-Cumplir, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación, Dirección General de Catastro y Obras Particulares, Departamento Catastro Territorial, Hecho: Archivar.-