Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº3098

Resolución Nº 3098

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/09/2022

Visto las presentes actuaciones, referidas a la continuidad de la eximición otorgada por A.R.B.A. en el Impuesto Automotor requerida por MARIELA FERNANDA RAZUC, D.N.I. 26.456.631, por tratarse de un automóvil destinado al traslado de una persona discapacitada, requerida mediante notas obrantes a fojas 1 del expediente N° 0-1854/2022 y 2 del expediente N° 0-5579/2022; y,

CONSIDERANDO:

Que, a fojas 2 del expediente N° 0-1854/2022 obra copia fiel del Titulo del Automotor del vehículo identificado con el Dominio ICV-240, registrando como titular a Boiocchi Nelson Javier, D.N.I. Nº 26.344.137, conyuge Razuc Mariela Fernanda;

Que, a fojas 5 del expediente N° 0-1854/2022 obra copia fiel del certificado de Discapacidad emitida por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, a nombre de Razuc Mariela Fernanda, D.N.I. Nº 26.456.631, con vencimiento 05 de septiembre de 2028;

Que, a fojas 2 del expediente N° 0-5579/2022 obra nota de Razuc Mariela Fernanda solicitando la continuidad de la eximición otorgada por A.R.B.A. y el reintegro de la suma abonada al momento de efectuar la transferencia por venta del vehiculo identificado con el dominio ICV-240 con fecha 21 de marzo del corriente;

Que, a fojas 7 del expediente N° 0-5579/2022 obra copia fiel de la resolución de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, correspondiente al Expediente Nº 2360-0210022-2019, otorgando la exención del pago del Impuesto Automotor que recae sobre el vehículo identificado con Dominio ICV-240 Razuc Mariela Fernanda;

Que, a fojas 10 y 11 del expediente N° 0-5579/2022 obra copia fiel del recibo de pago N° 26910093 por la suma de pesos veintiseis mil doscientos treinta y siete con veintiseis centavos ($26.237,26);

Que, la Jefa de División del Departamento Recaudación informa a fojas 16 del expediente N° 0-5579/2022 que, analizada la documentación acompañada, correspondería se de continuidad a la exención por discapacidad que le fuera otorgada por A.R.B.A. mediante expediente Nº 2360-0210022-2019 al vehículo identificado con el dominio ICV-240 desde la fecha en que fuera migrado el padrón por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, 02 de enero de 2020 y hasta el día 21 de marzo de 2022, fecha en que expira el certificado de discapacidad, en un todo conforme al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f);

Que, el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, Ley 10.397 y sus modificatorias, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) establece que quedan exentos del pago de la presente tasa "...los vehículos destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad y acrediten su existencia mediante certificaciones extendidas conforme la Ley N° 10.592 (complementarias y modificatorias), la Ley Nacional N° 22.431 (complementarias y modificatorias) o la legislación que las reemplace; o demuestren que se encuentren comprendidos en los beneficios establecidos en la Ley N° 19.279, conforme artículo 1° del Decreto N° 1.313 (y su reglamentación); que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor; conducidos por las mismas, salvo en aquellos casos en los que, por la naturaleza y grado de la discapacidad, o por tratarse de un menor de edad con discapacidad, la autoridad competente autorice el manejo del automotor por un tercero...”;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º): Eximir del pago en el Impuesto Automotor - Ley Nº 13.010 - al vehículo identificado con el dominio ICV-240, a partir del 02 de enero de 2020 y hasta el día 21 de marzo de 2022, fecha en que expira el certificado de discapacidad, por encontrarse afectado al uso de una persona discapacitada, en virtud de lo dispuesto en el Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, en su Título III “Impuesto a los Automotores”, Capítulo II “De las Exenciones”, Artículo Nº 243 Inciso f) y en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º): Debitar de la cuenta corriente del contribuyente correspondiente al impuesto automotor del dominio ICV-240 la suma de PESOS VEINTISES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($26.237,26.-), correspondiendo la suma de PESOS VEINTIUN MIL SEIS CON SEIS CENTAVOS ($21.006,06.-), en concepto de impuesto automotor (código imputación RAFAM 1140400) y PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($5.231,20.-) en concepto de intereses y/o recargos (código de imputación RAFAM 1260300), en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos Nº 40 y 41 de la Ordenanza Fiscal vigente y a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 3º): Reintégrese a MARIELA FERNANDA RAZUC, D.N.I. 26.456.631, C.U.I.L. Nº 27-26456631-8 la suma de PESOS VEINTISES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($26.237,26.-), correspondiendo la suma de PESOS VEINTIUN MIL SEIS CON SEIS CENTAVOS ($21.006,06.-), en concepto de impuesto automotor (código imputación RAFAM 1140400) y PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($5.231,20.-) en concepto de intereses y/o recargos (código de imputación RAFAM 1260300), en un todo de acuerdo a los Artículos Nº 40 y 41 de la Ordenanza Fiscal vigente y a los considerandos de la presente resolución.-

ARTÍCULO 4º): Autorizar al Departamento Contaduría a librar orden de pago y cheque a nombre de MARIELA FERNANDA RAZUC, D.N.I. 26.456.631, por la suma de PESOS VEINTISES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTISEIS CENTAVOS ($26.237,26.-), correspondiendo la suma de PESOS VEINTIUN MIL SEIS CON SEIS CENTAVOS ($21.006,06.-), en concepto de reintegro (código imputación RAFAM 1140400) y PESOS CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($5.231,20.-) en concepto de intereses y/o recargos (código de imputación RAFAM 1260300), en concepto de reintegro, de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-.

ARTÍCULO 5º): Notificar a MARIELA FERNANDA RAZUC, D.N.I. 26.456.631, que previo a realizarse la acreditación, deberá presentar los recibos originales en el Departamento Recaudación, a efectos de que sean intervenidos de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º): Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento Recaudación – Sector Automotores; hecho, ARCHIVAR.-