Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3079

Decreto Nº 3079

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/10/2022

Visto las presentes actuaciones, referidas a la adquisición de materiales varios para trabajos de mantenimiento de alumbrado público, y;

CONSIDERANDO:

Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada N° 5002/2022, recibiéndose una única propuesta económica y remitiéndose por tal motivo al Honorable Concejo Deliberante, en cumplimiento de los Artículos Nº 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, y Nº 187 y Nº 190 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo Nº 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”

Que, a fojas 86 obra Ordenanza autorizando al Departamento Ejecutivo la aceptación de la única oferta efectuada por la firma D.D.M.M. ENERGÍA S.R.L., para la provision de materiales varios para trabajos de mantenimiento de alumbrado público, sancionada por ese Honorable Cuerpo con fecha 27 de octubre de 2022 y recibida en el Departamento Ejecutivo el día 28 de octubre de 2022, por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Promúlguese, acúsese recibo y regístrese bajo el Nº 20.898.-

ARTÍCULO 2º: Adjudícase a D.D.M.M. ENERGÍA S.R.L. (Proveedor 7.927), la provisión de los ítems N° 7 a 13 y 15 a 17, por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL ($2.510.000,00.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.-

ARTÍCULO 3º: Dejar constancia que los ítems N° 1 a  6, 18 y 19 no se adjudican debido que no se presentaron ofertas, y el ítem N° 14 no se adjudica debido que no cumple con lo solicitado.

ARTÍCULO 4º: Dejar constancia que dado el volumen de trabajo y al no encontrarse dentro del ámbito municipal la recepción, control y entrega de la mercadería objeto de la Licitación, se solicita se delegue dicha responsabilidad a la agente Andrea G. Gonzalez, Legajo N° 12.414.-

ARTÍCULO 5º: Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tomen nota a sus efectos Departamento Compras y demás dependencias municipales que correspondan y hecho, ARCHÍVESE.-