Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3071

Decreto Nº 3071

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 28/10/2022

Visto el Pedido de Adquisición Nº 6077 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Operador de Calle para integrar el Equipo Técnico del Programa Operadores de Calle suscripto entre el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia y esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona que desempeñe tareas de Operador de Calle, generando herramientas que sirvan como puentes entre las instituciones y organizaciones que actúan diariamente en la zona, promover la participación de niños, niñas y adolescentes en espacios formales e informales donde puedan vincularse con opciones educativas, artísticas, deportivas y/o recreativas. Detección de niños, niñas y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad y canalización de los mismos a efectores idóneos para la restitución de derechos, etc.
Que a fs. 4 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas que consisten en integrar el Equipo de Operadores de Calle, destinado al abordaje inmediato e integral de niñas, niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad psicosocial y de conflicto que impliquen riesgos para si o para terceros; dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;
Que se procedió a la realización de la correspondiente selección de personal requerido, del cual surge la selección de la Sra.  Reddel Melanie Desiree, D.N.I. 39.084.737, según el acta que consta a fs. 8, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que si bien existe personal dentro del área, esta no puede ser ocupada en la actividad debido a que se utiliza a todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las Instituciones, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra.  Reddel Melanie Desiree, D.N.I. 39.084.737, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Operador de Calle, a partir del 1 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2022, y por la suma total de pesos cincuenta y un mil ochocientos cuarenta ($51.840.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.