Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3005
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/10/2022
Visto el Pedido de Adquisición Nº 5960 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia; con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de un Coordinador para cumplir funciones el Programa de Responsabilidad Social Compartida ENVION sede Caracol y Norte; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la prestación de servicios de una persona que desempeñe tareas como Coordinador en las sedes Caracol y Norte del Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión, para coordinar el equipo técnico que lo integra, resolver situaciones problemáticas, vincularse con adolescentes y familias, así como actores de la gestión local, planificar las actividades generales y puntuales de la sede, elaborar un proyecto anual, llevar a cabo tareas administrativas inherentes a los requerimientos del lugar, entre otras;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas que consisten en coordinar las sedes Caracol y Norte del Programa de Responsabilidad Social Compartida Envión, que frente a la complejidad de los problemas de vulnerabilidad y exclusión sobre los que incide el Programa, el profesional que integra el equipo se vuelve un recurso indispensable. El mismo deberá impulsar, evaluar, repensar y gestionar las acciones que apuntalan los procesos de desarrollo de cada joven, pensando las estrategias que permitan fortalecer su autoestima, su capacidad de soñar, de promover la participación en términos de compromiso colectivo y solidaridad, impulsando al ejercicio de los derechos para sí y para los demás en el total respeto de las diversidades. Desde el programa se deja expresamente aclarado que si bien existe personal dentro del área, esta no puede ser ocupada en la actividad debido a que se utiliza a todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las Instituciones, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de esta actividad.
Que se procedió a la realización de la correspondiente selección de personal requerido, según Acta que corre a fs.14 de la cual surge la selección del Sr. Baglioni Facundo Abel Jesús, D.N.I. 36.329.148, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios, para el cumplimiento de las tareas asignadas.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que si bien existe personal dentro del área, esta no puede ser ocupada en la actividad debido a que se utiliza a todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las Instituciones, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades.
SEGUNDO: Adjudíquese al Sr. Baglioni Facundo Abel Jesús, D.N.I. 36.329.148, la prestación de servicios técnicos y profesionales como Coordinador de las sedes Caracol y Norte, a partir del 1 de Noviembre y hasta el 31 de Diciembre de 2022, y por la suma total de pesos noventa y dos mil novecientos sesenta y tres ($92.963,00-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.