Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2951
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 18/10/2022
Visto la nota presentada a fs. 1 por la Dirección de Logística y Distribución en conjunto con la Dirección de Acción Social y con el visto bueno de la Subsecretaria de Desarrollo Social, en la que se solicita se le otorgue un crédito del Programa Microcrédito Habitat II - Mejoramiento Habitacional a la Sra. DIGHERO Florencia Camila, D.N.I. 37.389.600, y
CONSIDERANDO
Que del informe a fs. 3/4 elevado por la Trabajadora Social surge que la Sra. Dighero vive en una vivienda prestada, ya que la propia ubicada en Mas Barrios se encuentra en construcción; dicha construcción la comenzó con fondos propios y ahorros; actualmente se dedica a la venta ambulante con ingresos escasos e inestables, los cuales no alcanzan para cubrir las necesidades básicas; que no puede costear los materiales para terminar de construir la vivienda; que la situación socioeconómica y habitacional que atraviesa es muy compleja; que solicita la intervención técnica de de la Dirección de Tierras;
Que de fs. 5 a 12 consta la documentación requerida, incluyendo presupuesto de costo de materiales de construcción;
Que a fs. 13 consta el Contrato Mutuo entre la Municipalidad de Bahia Blanca y la Sra. DIGHERO Florencia Camila, D.N.I. 37.389.600;
Que a fs. 1 vta. consta la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Planificación y de Contaduría General;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades;
- D E C R E T A -
ARTICULO 1º: Aprobar en todas sus partes el Contrato de Mutuo Acuerdo, celebrado entre la Municipalidad de Bahía Blanca y la Sra. DIGHERO Florencia Camila, D.N.I. 37.389.600 con domicilio en calle Avenida Arias Nº407 de la Ciudad de Bahia Blanca, con destino a la compra de materiales para la mejora de su vivienda en el marco del Programa Municipal de Microcrédito Habitat II - Mejoramiento Habitacional.
ARTICULO 2º: Autorizase a Contaduría General a liquidar a favor del Sra. DIGHERO Florencia Camila, cuil 23-37.389.600-4, por la suma de pesos ciento setenta mil ($170.000) siendo reintegrado dicho monto en veinticuatro (24) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de pesos siete mil ochenta y cuatro ($7084).
ARTICULO 3º: El gasto dispuesto precedentemente se imputará a la Partida Jurisdicción: 1110106000, Fuente: 131, Cat. Programática: 77.02, Gasto: 6.3.1.0 del Presupuesto de Gastos.
ARTICULO 4º: Cúmplase, notifíquese, tome nota Contaduría General, Subdirección de Presupuestario y Planificación, Subsecretaria de Desarrollo Social; dése al R.O. y ARCHIVESE.-