Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº267

Resolución Nº 267

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/10/2022

Visto las presentes actuaciones, mediante las cuales se tramita el cambio de rubro para el desarrollo del uso "Restaurante con espectáculos sin pista de baile" en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I- Sección A- Manzana 21- Parcela 22- Partida 31078 y

CONSIDERANDO

Que a fojas 21 consta la Resolución 3257/2019 para el desarrollo del uso “Restaurante-Confitería-Rotiseria”.

Que a fojas 24 el Departamento Territorial identifica catastralmente al inmueble como: Circunscripción I- Sección A- Manzana 21- Parcela 22- Partida 31078.

Que a fojas 28 el Departamento Planeamiento Urbano informa que el bien en cuestión pertenece a la zona Macrocentro Direcciónal (Zona C2) del Código de Planeamiento Urbano.

Que la zona C2 se define como: "Es el segundo escalón de densificación y tiene como función el apoyo al área central y zonas adyacentes".

Que la Ordenanza N.º 16.295 establece los requisitos para el funcionamiento de restaurantes sin pista de baile, con difusión musical y/o números en vivo, entrando en esta categoría, aquellos locales destinados al consumo de alimentos y/o bebidas.

Que según el cuadro de Usos N.º 1 “Usos según distritos” del mencionado Código, la actividad “Espectáculos en vivo sin pista de baile” se encuadra en el uso “bar concert, salón de bailes, casa de fiestas” (Rubro Cultura-Culto-Esparcimiento) y para la Zona C2 se halla clasificada con (7), que establece: “La Comisión Asesora Permanente de Planeamiento efectuará en cada caso un estudio para determinar la conveniencia de la localización proyectada”.

Que a fojas 38 obra renovación de contrato de locación cuya fecha de vencimiento opera el 31 de julio de 2024.

Que al respecto, la Comisión Asesora Permanente de Planeamiento, en Acta 585 considera viable otorgar la factibilidad solicitada condicionada a:

1. Presentación de planos y uso declarado.

2. No ampliar la superficie destinada para la actividad, más allá de lo declarado en la presente solicitud.

3. Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.

4. Cumplimiento de la Ordenanza 16295 y toda normativa establecida para su normal funcionamiento.

Que a fs. 45 obra dictamen del Asesor Legal de la Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano, quien no encuentra observaciones jurídicas para que se otorgue factibilidad para el uso pretendido.

Por todo lo expuesto, el SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades

- RESUELVE -

PRIMERO: Otorgar factibilidad a la Sra. Karina RAPTOPULOS, D.N.I: 25.656.140 para el desarrollo del uso "Restaurante con espectáculos sin pista de baile" en el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción I- Sección A- Manzana 21- Parcela 22- Partida 31078 sito en calle Soler N.º 266.-

SEGUNDO: La factibilidad autorizada en el artículo PRIMERO se otorga  hasta el 31/07/2024 o mientras subsista la actividad y su relación locativa con el inmueble y condicionada a: 1. Presentación de planos y uso declarado.

2. No ampliar la superficie destinada para la actividad, más allá de lo declarado en la solicitud.

3. Cesar toda actividad ante cualquier denuncia fundada, so pena de clausura automática.

4. Cumplimiento de la Ordenanza 16295 y toda normativa establecida para su normal funcionamiento.

TERCERO: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., con nota de estilo comuníquese al recurrente remitiéndose copia autenticada de la presente Resolución, tomen nota a sus efectos Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano,  los Departamentos Planeamiento Urbano y Habilitaciones, y demás dependencias municipales que correspondan.-