Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº815

Resolución Nº 815

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 14/10/2022

Visto estos actuados por los cuales el Club Atlético Pacífico de Cabildo, a través de su Presidente señor Néstor Fabio Rossini, solicita autorización para la realización de una fiesta con motivo de la conmemoración del 95º Aniversario de la mencionada institución, el día 15 de octubre de 2022, a llevarse a cabo en el Salón de la Sociedad Italiana de Cabildo; atento a lo informado por la Dirección General de Defensa Civil, respecto al cumplimiento de lo estipulado en la Ordenanza Nº 16870, y teniendo en cuenta la documentación aportada por el recurrente, el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades 

- R E S U E L V E -

ARTÍCULO 1º) Autorízase al Sr. Néstor Fabio Rossini, en su carácter de Presidente del Club Atlético Pacífico de Cabildo, a realizar una fiesta en conmemoración del 95º Aniversario de la institución, el día 15 de octubre de 2022, a partir de las 23 horas y hasta las 5.30 horas del día siguiente, en el Salón de la Sociedad Italiana de Cabildo, ubicado en calle Las Heras 42 de la mencionada localidad.

ARTÍCULO 2º)- Dejase expresa constancia que el evento se realizará bajo la exclusiva responsabilidad del  organizador, debiendo dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 13.032 (ruidos molestos) y a la Ley Nº 14.050 (Ley de Nocturnidad).-   

ARTÍCULO 3º)Hágase saber al organizador que la autorización establecida en el artículo 1º quedará supeditada al cumplimiento de los siguientes requisitos ante la Dirección General de Defensa Civil:

- Presentar copia del contrato con servicio de ambulancia.-

- Deberá incluir en el plan de evacuación, la planilla con el personal capacitado en evacuación y uso de extintores.-

- Presentar copia del cálculo del factor de ocupación, confeccionado por profesional de incumbencia matriculado y visado por el colegio correspondiente.-

- En caso de venta de bebidas alcohólicas, deberá gestionar la Licencia Provincial para la comercialización de bebidas alcohólicas (REBA).-

En caso de no cumplimentarse los requisitos detallados en el presente artículo, la autorización del evento se dejará sin efecto.-

ARTÍCULO 4º)Cúmplase, notifíquese, tome nota Dirección General Defensa Civil, Subsecretaría de Fiscalización y  Departamento de Recaudación, dese al R.O., hecho, ARCHÍVESE.-