Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2904
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/10/2022
Visto el Pedido de Adquisición Nº 5889/2022 originado por la Secretaría de Infraestructura, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios al Arquitecto José Luis FERNANDEZ, D.N.I. 20.561.852, para la realización del Proyecto de Puesta en Valor Fachadas Palacio Municipal y Ex- Banco Provincia; y,
CONSIDERANDO:
Que el Arquitecto José Luis FERNÁNDEZ presenta de fojas 6 a 7 propuesta y de fojas 8 a 13 curriculum y antecedentes; en tanto que el Arquitecto Raúl LUISONI presenta de fojas 14 a 17, propuesta y de fojas 18 a 19 antecedentes.
Que a fojas 20, consta nota del Arquitecto Christian CANZIANI, mediante la cual comunica que no acepta la invitación realizada a cotizar.
Que a fojas 25 la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano, realizó la evaluación de las ofertas presentadas por los Arquitectos Raúl Luisoni y Jose Luis Fernandez; ambas cumplen con lo requerido en cuanto a la calidad y especificaciones del trabajo, por lo que resultan comparables. La propuesta presentada por el Arquitecto Fernández, asciende a la suma de $ 1.715.000,00 (PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS QUINCE MIL) y la propuesta presentada por el Arquitecto Luisoni, asciende al monto de $2.550.000,00 + IVA (PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL más IVA).
Que el informe realizado por esa Subsecretaría, expresa que la oferta más económica y conveniente a los intereses de este municipio corresponde al Arquitecto Jose Luis FERNANDEZ, D.N.I. 20.561.852, por lo que sugiere su adjudicación por un monto de $ 1.715.000,00.
Que se delega en la Subsecretaría de Planificación y Desarrollo Urbano la responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado.-
Que a fojas 26 la Secretaría de Infraestructura, solicita al Departamento de Compras se informe si es factible realizar la contratación del Arquitecto FERNANDEZ.
Que a fojas 27 el Departamento de Compras informa que es factible encuadrar la contratación dentro del artículo 156 inciso 10 de la Ley Orgánica de las Municipalidades: ..."Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto. Será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado."...
Que en virtud de lo expuesto por el Jefe del Departamento de Compras, solicita que por parte del Secretario del ramo y Contador Municipal certifiquen si la contratación se encuentra en el nivel de precio y condiciones habituales del mercado.
Que a fojas 28 consta certificación realizada por el Secretario de Infraestructura y el Contador Municipal.
Que a fojas 29/30 consta la declaración de incompetencia, suscripta por el Secretario de Infraestructura, de la que surge que no existe dentro del área Profesional/Arquitecto con la especialidad en obras de restauro y mantenimiento de edificios patrimoniales.-
Que a fojas 31, obra declaración jurada realizada por el Arquitecto FERNÁNDEZ; el citado profesional tendrá a su cargo: relevamiento del estado general, patologías y diagnóstico, como así también desarrollar un plan de intervención que tendrá por objeto la confección del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
ARTÍCULO 1°: Declarar la incompetencia en la Secretaría de Infraestructura, desde el día 19 Octubre de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2022, ya que no existe dentro del área Profesional/Arquitecto con la especialidad en obras de restauro y mantenimiento de edificios patrimoniales.
ARTÍCULO 2º: Adjudíquese al Arquitecto José Luis FERNÁNDEZ, DNI 20.561.852, CUIT 20-20561852-0, para la realización de un Proyecto Puesta en Valor Fachada Palacio Municipal y Ex- Banco Provincia, a partir del día 19 Octubre de 2022 y hasta el 31 de Diciembre de 2022, por la suma total de $ 1.715.000,00 (PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS QUINCE MIL), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
ARTÍCULO 3°: El monto adjudicado en el Artículo 2º será abonado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 4°: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano.-
ARTÍCULO 5°: Cúmplase, notifíquese, Pase al Departamento de Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, tome nota el citado departamento, Contaduría General, Subsecretaria de Planificación y Desarrollo Urbano; dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-