Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2852
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 05/10/2022
Vistas las presentes actuaciones, originadas por la Dirección General de Educación, dependiente de la Secretaría de Gobierno, referidas a la adquisición de alimentos no perecederos con destino a dependencias de la mencionada Dirección - conforme solicitud de pedido Nº 4998/2022 y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó el correspondiente Concurso de Precios Nº 4998/2022, recibiéndose las propuestas económicas de tres (3) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las cinco (5) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación obrantes de fojas 23 a 27;
Que, el Departamento Compras sugiere a fojas 62 y 63 se adjudiquen a Di Luca Arnaldo Adrian los ítems Nº 7, 8, 11, 14, 16, 20 a 25, 27, 44, 46, 47, 49, 50, 51, 55, 59, 62, 64, 65 y 66 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas y los ítems N° 4, 5, 13, 17, 57, 60 y 70 por única oferta presentada, a Disproal de Vasili Hnos S.A. los ítems N° 1, 2, 3, 9, 10, 12, 15, 18, 19, 26, 28 a 32, 36 a 43, 45, 48, 52 a 54, 58, 61, 67 a 69, 71 a 77 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas y los ítems N° 35 y 63 por única oferta presentada, a Mayorista Quesur Bahía S.R.L. los ítems N° 33 y 34 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas, dejando constancia que el presente suministro se adjudica de acuerdo al Catálogo de Marcas vigente y que los ítems N° 6 y 56 no se adjudican debido que las ofertas recibidas superan ampliamente el valor preventivo;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, prescribe en su Artículo Nº 199: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Por ello, en virtud de la comparativa de ofertas obrante de fojas 41 a 49, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- DECRETA -
ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a DI LUCA ARNALDO ADRIAN (Proveedor Nº 5.161), la provisión de los ítems Nº 7, 8, 11, 14, 16, 20 a 25, 27, 44, 46, 47, 49, 50, 51, 55, 59, 62, 64, 65 y 66 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas y los ítems N° 4, 5, 13, 17, 57, 60 y 70 por única oferta presentada, y por la suma total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON OCHENTA CENTAVOS ($584.827,80-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTÍCULO 2º)- Adjudicar a DISPROAL DE VASILI HNOS S.A. (Proveedor Nº 7.962), la provisión de los ítems Nº 1, 2, 3, 9, 10, 12, 15, 18, 19, 26, 28 a 32, 36 a 43, 45, 48, 52 a 54, 58, 61, 67 a 69, 71 a 77 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas y los ítems N° 35 y 63 por única oferta presentada, y por la suma total de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SEIS CON OCHENTA Y NUEVE CENTAVOS ($641.606,89.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTÍCULO 3º)- Adjudicar a MAYORISTA QUESUR BAHÍA S.R.L. (Proveedor Nº 8.377), la provisión de los ítems Nº 33 y 34 por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones requeridas, y por la suma total de PESOS CIENTO VEINTE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS ($120.672,00.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTÍCULO 4º)- Dejar constancia que los ítems Nº 6 y 56 no se adjudican debido que las ofertas recibidas superan ampliamente el valor preventivo.
ARTÍCULO 5º)- Dejar constancia que dado el volumen de trabajo y al no encontrarse dentro del ámbito municipal, la recepción, control y entrega de la mercadería será a cargo de la agente: Romina Ayala, Legajo Nº 15.923, en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
ARTÍCULO 6º)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.-