Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 2895
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 13/10/2022
Visto la Solicitud de Pedido Nº 5862 originado por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una cuidadora destinada a atender las necesidades de mujeres, niños y jóvenes en el Hogar Refugio para Víctimas de Violencia Familiar; y
CONSIDERANDO
Que resulta necesaria la contratación de una cuidadora para Hogar Refugio para víctimas de violencia familiar; algunas de sus funciones a desarrollar, entre otras, serán ejecutar proyectos propios acordados con la Dirección que sean de interés de las personas alojadas, acompañar e incentivarlas inquietudes y/o motivaciones, acompañar en las actividades a realizarse fuera de la institución;
Que a fs. 3 de las presentes actuaciones, consta la declaración de incompetencia, para llevar a cabo las tareas requeridas, suscripta por la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, dado que esta función no puede ser realizada por ningún agente municipal debido a que no se cuenta con personal disponible para que pueda ser afectado a esta tarea;
Que se procedió a la realización del correspondiente proceso de selección del personal requerido, según consta en Acta a fs. 8 del cual surge la selección de la Sra. Marcela Alejandra, GIAMBELLUCA, D.N.I. 23.776.346, quien cumple con todos los aspectos técnicos y de antecedentes necesarios para el cumplimiento de las tareas asignadas;
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaria de Niñez, Adolescencia y Familia; ya que debido a las exigencias que requiere atender las necesidades de mujeres, niños y jóvenes que se encuentran alojados en el Hogar Refugio, resulta necesaria la contratación de una persona, y responde a que si bien existe personal idóneo en las instituciones, éstas no pueden ocupar en la actividad a sus dependientes, porque se utiliza todo el personal de la misma para llevar adelante las tareas ordinarias de las mismas, las cuales quedarían sin cubrirse si se designara temporalmente a alguno de ellos para la realización de estas actividades
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Marcela Alejandra, GIAMBELLUCA, D.N.I. 23.776.346 la prestación de servicios técnicos y profesionales como cuidadora de mujeres, niños y jóvenes víctimas de violencia familiar en Hogar Refugio, a partir del 15 de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2022, y por la suma total de pesos doscientos diez mil noventa y nueve con cuarenta centavos ($210.099,40), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Dirección del Hogar Refugio.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-