Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº2864

Decreto Nº 2864

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 11/10/2022

Visto las presentes actuaciones, originadas por el Departamento Logística y  Mantenimiento Urbano, dependiente de la Secretaría de Gestión Urbana, referidas a la adquisición de bitalco 70/100 con destino a la Planta de Asfalto Municipal - conforme la Solicitud de Pedido Nº 5151/2022 , y;

CONSIDERANDO:

Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada Nº 5151/2022, recibiéndose las propuestas económicas de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores, de las seis (6) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación obrantes de fojas 19 a 24;

Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su Artículo Nº 199 establece: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;

Que, el Jefe del Departamento Compras sugiere a fojas 73 se adjudique a la firma CAPODARCA S.A. la provisión de de bitalco 70/100 con destino a la Planta de Asfalto Municipal, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado;

Por ello , el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:

- DECRETA -

ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a CAPODARCA S.A. (Proveedor Nº 5.366), la provisión de de bitalco 70/100 con destino a la Planta de Asfalto Municipal, por mejor oferta económica que cumple con lo solicitado y por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICINCO ($4.855.125,00.-), en un todo de acuerdo a las especificaciones técnicas requeridas en el presente expediente.

ARTÍCULO 2º)- Dejar constancia que dado el volumen de trabajo y al no encontrarse dentro del ámbito municipal, será el responsable de recepción, control y entrega del material a ser adquirido, el agente Javier Bayer, legajo N° 14.933, en un todo de acuerdo con lo normado en el Artículo N° 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

ARTÍCULO 3°)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.-