Boletines/Florentino Ameghino

Ordenanza Nº1238/22

Ordenanza Nº 1238/22

Florentino Ameghino, 29/09/2022

VISTO:

Que los Bomberos Voluntarios son una agrupación de hombres y mujeres que, ad honorem, brindan servicios en nuestra Comunidad y;

 

CONSIDERANDO:

Que los Bomberos Voluntarios son actores imprescindibles para nuestra sociedad y trabaja incansablemente con una real vocación de Servicio;

Que los hombres y mujeres que se desempeñan como Bomberos Voluntarios no reciben salario ni retribución alguna al prestar un servicio tan importante en las comunidades del Distrito:

Que los mismos dedican tiempo a entrenamientos y capacitaciones dentro y fuera de las localidades a las que pertenecen;

Que además cumplen con el mantenimiento de cada cuartel, sus vehículos y cumplen horarios de guardias previamente organizadas;

Que todos ellos y ellas arriesgan sus vidas en cada siniestro en el que participan y realizando todas las tareas:

Que es necesario que dicho personal sea reconocido con el beneficio de la exención de las tasas municipales; Que con estos beneficios el Municipio otorgaría el reconocimiento a tan loable labor,

 

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en Sesión Ordinaria del día de la fecha sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Exímase del pago de la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza  (ABL) de la casa habitación y Servicios Sanitarios del personal de bomberos, siendo ésta de su propiedad, de uso propio y de ocupación permanente. 

ARTÍCULO 2°: Exímase del pago de la patente de moto o vehículo, en caso que éste esté municipalizado, cuya titularidad este en cabeza del personal bombero. 

ARTÍCULO 3°: Establézcanse las exenciones y beneficios de la presente ordenanza para el personal de bomberos que preste servicio  y/o  se encuentren en reserva en los cuarteles de la Ciudad de Ameghino y la localidad de Blaquier y que cumpla con los siguientes requisitos: 1 año de antigüedad en el cuerpo activo y residencia efectiva en el Partido. 

ARTÍCULO 4°: Establézcase que cada Jefe de Bomberos de los cuarteles de las localidades del Partido de F. Ameghino  deberá presentar todos los años, la orden de jefatura donde se detallan los bomberos activos que pertenecen a cada institución, quedando comprometidos a notificar si en el trascurso del año existiese alguna modificación en el cuerpo.

ARTICULO 5°: Eximir también de la Tasa por Derecho de Oficina (pago obtención Carnet de Conductor), a todos los miembros Activos de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios del Distrito de Florentino Ameghino, ya que todos los integrantes pueden cumplir con dicha función indistintamente, de acuerdo a la necesidad del momento, sobre los distintos móviles de estos cuarteles, los cuales deberán presentar anualmente listado actualizado de los integrantes activos que gozarán del beneficio previsto en la presente Ordenanza.

ARTICULO 6°: Comunicar, elevar copia al Departamento Ejecutivo, dar al Registro Municipal y Archivar.