Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 13713/2022
Quilmes, 11/10/2022
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28440-2022;
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.713/2022 en la Sesión Ordinaria realizada el día 27 de Septiembre del 2022, cuyo texto expresa:
VISTO
El Expediente Nº 2-28440-HCD-2022, Presentado por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Quilmes Concejal FABIO BAEZ. Ref.: La necesidad de efectuar modificaciones en la Ordenanza de habilitaciones, y
CONSIDERANDO
Que es obligación del Estado la regulación de todos los locales comerciales que existen en nuestro Partido.
Que es menester facilitar el trámite de habilitación comercial a todos los comerciantes y emprendedores que deciden invertir en un pequeño local en nuestro Distrito.
Que en este momento es necesario ampliar la base de contribuyentes, para una mejor recaudación.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA Nº 13713/2022
ORDENANZA
ARTICULO 1º: MODIFICASE el Artículo 3º PUNTO 13 de la Ordenanza Nº.....:................10395/06, que quedará redactado de la siguiente forma:
ARTICULO 3º: PUNTO 13) -Copia certificada del plano de..................... obra aprobado para superficies superiores de 60 metros cuadrados hasta 599 metros cuadrados. Cuando la superficie del establecimiento exceda los 600 metros · cuadrados deberá presentar además plano original dibujado de acuerdo a las normas IRAM Nº 4503, 4505, 4506, 4509, 4513,4515, 4517, 4519, 4520, 4522, 4523, 4524 y 4534 del establecimiento y sus instalaciones, firmado por el propietario y profesional actuante, aprobado por Autoridad comunal y en el que se consignaran todas las características ambientales y funcionales del establecimiento. El interesado deberá asimismo acompañar fotocopias de los plano aludidos certificada por el área competente. Cuando la superficie no supere los 60 metros cuadrados se podrá presentar croquis firmado por el propietario, arrendatario el que se verifica en lugar de plano de obra aprobado, por Autoridad municipal correspondiente. Quedaran excluidos de esta modalidad todos los establecimientos que se encuentren eniplazados en el microcentro de Quilmes, Bernal, Ezpeleta y San Francisco Solano. Solo podrán utilizar esta modalidad quienes revistan el carácter de monotributistas en las categorías A, B, C, D y E.
ARTICULO 2°: COMUNIQUESE: a quienes corresponda, dése al Registro...................... General y ARCHIVESE.
QUILMES, 27 de Septiembre de 2022.
Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto:
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 13.713/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 27 de Septiembre del 2022.-
ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registró General, PUBlÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
DECRETO 3947/2022