Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13713/2022

Ordenanza Nº 13713/2022

Quilmes, 11/10/2022

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28440-2022;

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.713/2022 en la Sesión Ordinaria realizada el día 27 de Septiembre del 2022, cuyo texto expresa:

 

 

VISTO

El Expediente Nº 2-28440-HCD-2022, Presentado por el Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Quilmes Concejal FABIO BAEZ. Ref.: La necesidad de efectuar modificaciones en la Ordenanza de habilitaciones, y

 

 

 

CONSIDERANDO

Que es obligación del Estado la regulación de todos los locales comerciales que existen en nuestro Partido.

Que es menester facilitar el trámite de habilitación comercial a todos los comerciantes y emprendedores que deciden invertir en un pequeño local en nuestro Distrito.

Que en este momento es necesario ampliar la base de contribuyentes, para una mejor recaudación.

 

 

                                            EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

ORDENANZA Nº 13713/2022

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: MODIFICASE el Artículo 3º PUNTO 13 de la Ordenanza Nº.....:................10395/06, que quedará redactado de la siguiente forma:

 

 

 

ARTICULO  3º:   PUNTO  13) -Copia certificada del   plano de..................... obra aprobado para superficies superiores  de 60 metros cuadrados hasta 599 metros cuadrados. Cuando la superficie                     del     establecimiento     exceda     los     600     metros · cuadrados deberá presentar además plano original dibujado de acuerdo a las normas IRAM Nº 4503, 4505, 4506, 4509, 4513,4515,   4517,   4519,   4520,   4522,   4523,   4524   y   4534 del establecimiento y sus instalaciones, firmado por el propietario y profesional  actuante,  aprobado por  Autoridad  comunal y en el que se consignaran todas las características ambientales y funcionales del establecimiento. El  interesado  deberá asimismo acompañar fotocopias de los plano aludidos certificada por el área competente. Cuando la superficie no supere los 60 metros cuadrados se podrá presentar croquis firmado por el propietario, arrendatario el que se verifica en lugar de plano de obra aprobado, por Autoridad municipal correspondiente. Quedaran excluidos de esta modalidad todos los establecimientos que se encuentren eniplazados en el microcentro de Quilmes, Bernal, Ezpeleta y San Francisco Solano. Solo podrán utilizar esta modalidad quienes revistan el carácter de monotributistas en las categorías A, B, C, D y E.

ARTICULO 2°: COMUNIQUESE: a quienes corresponda, dése al Registro...................... General y ARCHIVESE.

QUILMES, 27 de Septiembre de 2022.

 

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto:

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°:  PROMÚLGASE  la Ordenanza Nº 13.713/2022 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 27 de Septiembre del 2022.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto  será  refrendado  por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registró General, PUBlÍQUESE y ARCHÍVESE.-

               Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 3947/2022