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Ordenanza Nº13712/2022

Ordenanza Nº 13712/2022

Quilmes, 11/10/2022

VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-28313-2022;

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.712/2022 en la Sesión Ordinaria realizada el día 27 de Septiembre del 2022, cuyo texto expresa:

 

 

VISTO

 

El Expte Nº 2-28313-HCD-22 Presentado por la Concejala RAQUEL COLDANI. Ref.: La necesidad de preservar aquello que constituye la esencia identitaria de cada una de las Ciudades de nuestro Partido, y

 

 

 

CONSIDERANDO

Que la Ciudad de Berna!, creada en el año 1850, ha sido por años identificada con algunos símbolo muy concretos que trascendieron y trascienden los propios límites geográficos para convertirse en símbolos inequívocos de identidad y pertenencia.

Que los paradigmas socio culturales han cambiado respecto a décadas atrás, y hoy colocan al medioambiente, las especies.nativas, los espacios naturales y todo lo que ello lo constituye, en  un lugar central a la hora de diagramar políticas públicas.

Que en este marco, se identifica a la especie "Naranjo Amargo", como un símbolo de la historia de la Ciudad de Bernal, y retrotrae a  sus orígenes y la creación de la bebida "Hesperidina", mundialmente reconocida y consumida. El origen más remoto del cultivo de esta planta se rastrea con Melville Sewell Bagley (1838, 1880) un inmigrante que se instaló en el año 1850 en la esquina de las calles Dorrego y Zapiola, en una casona que aún existe. Bagley fue el creador de la Hesperidina, y fueron los naranjos  amargos  su fuente de inspiración y materia prima. Conocedor de la farmacología y familiarizado con el uso de tubos y alambiques, desarrolló el brebaje a base de cáscaras de este fruto. Dicha bebida, originalmente pensada como curativa, acompañó una historia largamente bicentenaria y estuvo siempre  identificada con los naranjos amargos de Berna!, su materia prima.

Que si bien muchas de esas especies, particularmente las que rodeaban la casona de Dorrego y Zapiola; original vivienda de Bagley;ya no existen; quedan aún verdaderos reservorios de esa especie en el casco céntrico de Berna! que, de perderse, representarían un deterioro  natural,  cultural e histórico irrecuperable.

Que si bien esos "reservorios" son respetados por la comunidad en general, que no agrede a los ejemplares ni cosecha sus frutos en forma intensiva -abonado esto último por el hecho de que no son de consumo crudo natural- resulta necesario mantenerlos en estado saludable y en condiciones de preservación, circunstancias que solo pueden ser monitoreados y materializados por personal competente y bajo custodia del estado Municipal.

 

 

                                           EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA Nº 13712/2022

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: DECLARASE Patrimonio Natural y Cultural del Partido de........................ Quilmes,  en  los términos  de lo  establecido  por la Ordenanza Nº 10.633/07, a los ejemplares de la especie "Naranjo amargo", ubicados en el égido comprendido entre las avenidas Zapiola, Dardo Rocha, Avellaneda y San Martín, de Bernal.

 

 

 

ARTICULO 2º: DISPONGASE la realización de un censo de ejemplares, que..................... contabilizará la cantidad de especies, su estado fitosanitario, su edad aproximada y su ubicación específica.

 

 

 

ARTICULO 3º: DISPONGASE la identificación de cada uno de ellos con una.....................placa en la que deberá constar el nombre de la especie y su condición de "Patrimonio Natural y Cultural del Partido de Quilmes".

 

 

 

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo, por el área que corresponda,.....................dispondrá el órgano de aplicación y regulación de la presente Ordenanza.

 

 

 

ARTICULO 5°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése. al Registro.......................General y ARCHIVESE.

 

 

QUILMES, 27 de Septiembre de 2022.

 

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipelidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto:

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE  la Ordenanza Nº 13.712/2022  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 27 de Septiembre del 2022.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto  será refrendado  por  el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DESE al Registro General, PUBLiQUESE y ARCHÍVESE.-

             Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 3956/2022