Boletines/Vicente López

Decreto Nº4997/22

Decreto Nº 4997/22

Vicente López, 26/09/2022

Referencia: EXPTE - 4119-002419/2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 64 dispuesto por Decreto Nº 3657/22 para la contratación de la obra “PUESTA EN VALOR DEL CENTRO COMERCIAL MUNRO ESTE”, y

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 1163 se han presentado cuatro oferentes.

Que a fs. 1179/1181 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada,  sugiriendo la adjudicación por menor precio a la firma Bosquimano SA por $ 143.797.359,14.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs. 1183/1184 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con dicha obra.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 1185.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma BOSQUIMANO SA, por un monto total de Pesos ciento cuarenta y tres millones setecientos noventa y siete mil trescientos cincuenta y nueve con catorce centavos ($143.797.359,14), la contratación de la obra “PUESTA EN VALOR DEL CENTRO COMERCIAL MUNRO ESTE”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales y de Especificaciones Técnicas Particulares y a la planilla de detalle de preadjudicación obrante a fs. 1185.

Artículo 2º.- La suma de Pesos ciento cuarenta y tres millones setecientos noventa y siete mil trescientos cincuenta y nueve con catorce centavos ($143.797.359,14), se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 1-6005 obrante a fs. 62.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la misma y en concepto de anticipo financiero por el 30% (treinta por ciento), conforme lo dispuesto por el Artículo 11.4 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Servicios Públicos, de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 5º.- Por intermedio de la Secretaría de Servicios Públicos se procederá a suscribir el pertinente contrato de adjudicación, debiéndose posteriormente proseguir el trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.

Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Servicios Públicos y Jefatura de Gabinete.

Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez- Alvarez- Baistrocchi- Antiñolo