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Ordenanza Nº13691/2022

Ordenanza Nº 13691/2022

Quilmes, 29/09/2022

VISTO: el Expediente Nº 4091-8181-S-2022;

 

 

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 13.691/2022 en la Sesión Extraordinaria realizada el día 23 de Septiembre del 2022, cuyo texto expresa:

 

 

VISTO

 

El Expediente Nº 4091-8181-S-2022, Ref.: Adhesión al régimen de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 y su modificatoria Nº 26.363 de creación de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que la Ley Nacional Nº 24.449 tiene por objeto regular el uso de la vía pública para la circulación de personas, animales y vehículos terrestres, así como respecto de aquellas actividades vinculadas con el transporte, los vehículos, las personas, las concesiones viales, la estructura vial y el medio ambiente, en cuanto fueren con causa del tránsito, estableciendo la facultad de los Gobiernos Provinciales y Municipales de adherir a la misma.

Que a continuación, el Artículo 2° de la mencionada norma atribuye competencia para la aplicación y comprobación de las normas contenidas en la Ley a los Organismos Nacionales, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de las autoridades que en cada caso determinen las respectivas jurisdicciones adherentes.

 

Que a continuación, se prevé la actuación complementaria de jurisdicciones locales con Organismos Nacionales, pudiendo aquellas dispor:ier por vía de excepción exigencias distintas a las de esa Ley y su Reglamentación, cuando así lo impongan fundadamente específicas circunstancias locales. En adición se establece que la autoridad local "podrá dictar también normas exclusivas, siempre que sean accesorias a las de esta Ley  y  se  refieran  al tránsito' y estacionamiento urbano,  al ordenamiento  de la

circulación  de vehículos  de transporte,  de tracción  a sangre y a otros aspectos

fijados legalmente".

 

Que conforme a la distribución de competencias establecida por la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley  Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes) resulta atribución del Departamento Deliberativo reglamentar lo atinente a "El tránsito de personas y de vehículos públicos y privados en las calles y caminos de jurisdicción  municipal, atendiendo, en especial a los conceptos de educación,  prevención, ordenamiento y seguridad, así como en particular, lo relativo a la circulación, estacionamiento, operaciones de cargas y descargas, señalización,  remoción  de obstáculos y condiciones de funcionamiento de los vehículos, por medio de

normas concordantes con las establecidas por el Código de Tránsito de la Provincia".

Que asimismo, el Artículo 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley Nº 6769/58, y modificatorias vigentes) establece como facultad del Departamento Deliberativo "(...) autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provincia/es o nacionales".

Que a fin de resguardar la seguridad en la circulación de las personas, prevenir la siniestralidad vial y contribuir al control del tránsito, se estima oportuno y necesario la sanción de la presente Ordenanza.

 

 

                                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA

 

ORDENANZA Nº 13691/2022

ORDENANZA

ARTICULO 1°: ADHIÉRASE la Municipalidad de Quilmes a las disposiciones..................... de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, sus modificatorias y reglamentaciones vigentes.

 

 

 

ARTICULO 2°: ADHIÉRASE la Municipalidad de Quilmes a las disposiciones.....................         de    la    Ley    Nacional    Nº    26.363,     sus    modificatorias y reglamentaciones vigentes.

 

 

 

ARTICULO 3°: ADHIÉRASE la Municipalidad de Quilmes a las disposiciones..................... de la Ley Provincial de Tránsito Nº 13.927, sus modificatorias y reglamentaciones vigentes.

 

 

 

ARTICULO 4°: ESTABLÉCESE con carácter obligatorio la Revisión Técnica.................. ... Obligatoria para todos los vehículos de uso particular correspondientes a las categorías L1 y M1, taxis, remisas y transporte escolar radicados en el Partido de Quilmes.

 

La misma será llevada a cabo en el Centro de Revisión Técnica que el Departamento Ejecutivo habilite  a tal efecto, para lo cual se autoriza en virtud  de la Presente.

 

El Certificado de Revisión Técnica (CRT) y oblea autoadhesiva que emita el Centro de Revisión Técnica habilitado tendrán los alcances especificados en el Artículo 34°, Incisos 8), 9) y 10) del Anexo I del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 779/95.

 

 

 

ARTICULO   5°:  AUTORÍZASE   al  Departamento   Ejecutivo  a  reglamentar la.....................   presente   Ordenanza,   definiendo   los   alcances,  operatoria,

documentación, requisitos y formas de implementación de lo dispuesto y todo otro aspecto no previsto en la Presente.

ARTICULO 6°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenios......................no onerosos con entidades, consultoras o profesionales con especialidad o incumbencia en el área de seguridad vial a fin de una eficaz implementación de la presente Ordenanza.-

ARTICULO 7°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro...................... General y ARCHIVESE.

 

 

QUILMES, 23 de Septiembre de 2022.

Fdo. FABIO R. BAEZ, Presidente del H.C.D. EDITH LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.

 

Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y

Por todo lo expuesto:

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE  la Ordenanza Nº 13.691/2022  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria del día 23 de Septiembre del 2022.-

ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto  será refrendado  por  el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.­

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

DECRETO 3814/2022