Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6787/22
Moreno, 25/08/2022
VISTO los Expte. H.C.D. N° 35.062/2022 y Expte D.E N°195817-S-17, sobre Sesión de parcelas para construcción de Jardín de Infantes en Barrio Atalaya; y
CONSIDERANDO que dada la necesidad de contar con un inmueble donde instalar un Jardín de Infantes en el Barrio Atalaya, las oficinas con incumbencia en la materia del Departamento Ejecutivo han trabajado en una búsqueda de predios, proponiendo a tales fines el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección K, Manzana 139b, Parcela 1, que tiene las medidas y superficies acordes para la instalación del Jardín de Infantes.
QUE el inmueble descripto resulta ser del dominio del Estado Municipal, destino Reserva para Equipamiento Comunitario, conforme surge de la documentación de Fs. 4, 5 y 26, e informe de la Dirección de Catastro, Topografía y Cartografía, obrante a Fs. 14 de las actuaciones administrativas que corren por el presente Expediente.
QUE en relación al dominio del precitado inmueble, es el Municipio de Moreno, como cesiones urbanísticas, que los propietarios deben ceder al Estado cuando se crean o amplían núcleos urbanos o se realizan parcelamientos que las requieran, contempladas primigeniamente por la Ley N° 3487, han sido reguladas por el Decreto Ley N° 8912/77. Luego el Decreto Ley N° 9533/80 lo asignó a los Municipios (Arts. 1° y 2°) determinando ésta última norma, que su aceptación se entenderá completada al aprobarse por la autoridad competente el plano que las contenga (Art. 3°).
QUE se han expedido, de manera favorable, tanto la Secretaría de Cultura, Educación y Deporte, la Secretaría de Gobierno, Subsecretaría de Gestión Administrativa y Dictámenes, el organismo descentralizado Instituto de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional –IDUAR- y todas las áreas municipales, con competencia en el tema, para evaluar la regularización dominial del inmueble de marras a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme surge del presente expediente.
QUE la cesión del inmueble se realiza en el marco del Artículo N° 10° del Decreto Ley N° 9533/80, que establece que Las Municipalidades cederán sin cargo al Estado Provincial las reservas de uso público que les sean requeridas para equipamiento comunitario. Siendo que el Decreto Ley mencionado invirtió el principio general antes vigente por el cual los inmuebles destinados al uso público pertenecían a la Provincia y el dominio comunal constituía una excepción a tal principio (Ley sobre fraccionamientos y de creación de Pueblos).
POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°: Cédase sin cargo a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires el inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección K, Manzana 139b, Parcela 1, con destino a la instalación de un Jardín de Infantes en el Barrio Atalaya, conforme surge de las actuaciones administrativas que corren por presente Expediente.
ARTÍCULO 2°: La Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires deberá aceptar la presente cesión mediante la formalización del acto administrativo de estilo.
ARTÍCULO 3°: El trámite de transferencia del inmueble, a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, se realizará ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme con lo previsto por los Artículos 2° y 4° Inc. d) de la Ley Provincial N° 10830.
ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 25 de Agosto de 2022.
COLAZO Teresa B. BELLOTTA, Araceli
Secretaria Presidenta
Comunicado al D.E el día 07/09/2022
Promulgada mediante el Decreto N° 3155/22 de fecha 08/09/2022