Boletines/Moreno

Ordenanza Nº6802/22

Ordenanza Nº 6802/22

Moreno, 25/08/2022

VISTO el Expte. H.C.D. N° 35.097/2022 y el EXPTE. D.E N°223435-S-2020 sobre cesión de tierras para Polo Educativo en B° Manantiales

CONSIDERANDO que resulta necesario contar con un inmueble donde instalar una escuela primaria, una escuela secundaria y un jardín de infantes en la zona de Moreno Sur, en el Barrio Manantiales, debido al aumento exponencial de la matrícula y el crecimiento poblacional;

QUE los inmuebles propuestos resultan ser de dominio público del este Municipio, destino Área Verde y Libre Público" para el caso de escuela primaria y secundaria y destino Reserva para Equipamiento Comunitario en el caso del jardín de infantes;

QUE para la instalación de la escuela primaria y secundaria se propone una superficie de 4964m2 del inmueble designado catastralmente como Circunscripción IV, Sección K, Manzana 161, Parcela 1;

QUE la parte cedida para realizar el jardín de infantes se van a destinar 2403m2 individualizado con nomenclatura catastral como Circunscripción IV, Sección K, Manzana 149, Parcela 13;

QUE la cesión de dichos inmuebles se realiza en el marco del artículo 10 del Decreto Ley N°9533/80, que establece que las Municipalidades cederán sin cargo al Estado provincial las reservas de uso público que les sean requeridas para equipamiento comunitario;

QUE se han expedido de forma favorable todas las áreas municipales, con competencia en la materia, emitiendo opinión favorable;

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Cédase a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una porción de terreno con una superficie de 4964m2 de la parcela designada catastralmente como Circunscripción IV, Sección K, Manzana 161, Parcela 1, con actual destino de Área Verde y Libre Pública.

ARTÍCULO 2º: Cédase a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires una porción de terreno con una superficie de 2403m2 individualizado con nomenclatura catastral como Circunscripción IV, Sección K, Manzana 149, Parcela 13.

ARTÍCULO 3°: Dicha cesión se efectúa con el cargo de implantar establecimientos educativos y realizar las subdivisiones correspondientes.

ARTÍCULO 4°: El Departamento Ejecutivo deberá en un plazo no mayor a 1 (uno) año, realizar la desafectación de la superficie destinada a Área Verde y Libre Público, mencionada en el artículo 1, y su debida afectación a Equipamiento Comunitario, mediante la compensación correspondiente, según lo normado en el Decreto Ley N°8912/77, Artículo 60 y concordantes, y el Decreto Ley N°9533/80, Artículo 9 y concordantes;

ARTÍCULO 5°: La Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires deberá aceptar la presente cesión mediante la formalización del acto administrativo destilo.

ARTÍCULO 6°: El trámite de transferencia de los inmuebles a favor de La Dirección General de Cultura y Educación se realizará ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 7°: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de los actos notariales correspondientes a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, conforme con lo previsto por los Artículos 2º y 4º inciso d) de la Ley Provincial N°10830.

ARTÍCULO 8°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 25 de Agosto de 2022.

COLAZO Teresa B.                 BELLOTTA, Araceli
Secretaria                                     Presidenta
Comunicado al D.E el día 05/09/2022
Promulgada mediante el Decreto N° 3131/22 de fecha 06/09/2022