Boletines/La Plata
Ordenanza Nº 12348
La Plata, 21/10/2022
Expte. 73233 La Plata, 20 de Octubre de 2022.
El Concejo Deliberante, en su Sesión Ordinaria N° 16, celebrada en el día de la fecha, ha sancionado la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Adhiérese la Municipalidad de La Plata a la Ley N° 14.794 de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se crean áreas cardioprotegidas, con la finalidad de garantizar maniobras de resucitación y protección cardiopulmonar, con el objetivo de disminuir la morbimortalidad súbita de origen cardiovascular.
ARTICULO 2°: El Departamento Ejecutivo deberá instrumentar mediante el área que corresponda, la señalética, la difusión de los espacios cardioprotegidos y la capacitación del personal municipal en particular y vecinas y vecinos en general, en lo que atañe a la reanimación cardiopulmonar (RCP) y la utilización de Desfibriladores Externos Automáticos (DEA).
ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá certificar la existencia de las áreas cardioprotegidas, debiendo validarse las mismas cada dos (2) años.
ARTICULO 4º: De forma.
La Plata, 21 de Octubre de 2022.
Cúmplase, regístrese, publíquese y archívese.
Dr. Julio Cesar Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.
La Plata, 21 de Octubre de 2022.
Registrada en el día de la fecha bajo el número DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO (12348)