Boletines/La Plata
Decreto Nº 2127/22
La Plata, 06/07/2022
Visto
el presente Expediente Nro. 4061-1183032/2021, La Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias-, para la ejecución del “Servicio de Limpieza y Desobstrucción de la Red Pluvial Zonas A - B” y;
Considerando
Que obra glosada la aprobación del gasto para la ejecución de la obra, imputándose preventivamente la partida presupuestaria por la suma de PESOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CIENTO TREINTA MIL con 00/100 ($ 95.130.000,00).
Que por Decreto N° 713/22 de fecha 17 de marzo se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones, Especificaciones Legales Generales y Particulares, Especificaciones Técnicas Particulares, Memoria Descriptiva y metodología de Trabajo, tendientes a lograr la contratación del servicio mencionado en el exordio.
Que en el mismo acto administrativo se establecieron las condiciones para la consulta y adquisición de pliego, presentación de ofertas y, fijándose como fecha de acto de apertura de sobres para la LICITACION PUBLICA N° 17/2022 el día 20 de abril de 2022 en la Dirección General de Compras y Suministros.
Que asimismo se ordenó la publicación de edictos de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el diario EL PLATA, cumplimentándose con dicha exigencia según constancias.
Que adquirieron pliegos las firmas EXTREME SPORTS S.A, NISOTEC S.A; EMSADE S.A; PITANGA S.A.
Que a continuación obra glosada la documentación requerida a las firmas participantes de la presente licitación pública.
Que posteriormente, en la fecha indicada se procedió al Acto de Apertura de sobres, en la que se presentaron las siguientes propuestas: PROPUESTA Nº 1 Perteneciente a la firma EMSADE S.A., quien presentó garantía de mantenimiento de oferta con póliza de caución N° 39.313 de la firma TUTELAR SEGUROS S.A., por hasta la suma total de PESOS DOCE MILLONES SEISCIENTOS MIL con 00/100 ($ 12.600.000,00). Dicha empresa cotizó para la ejecución de la obra la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES con 00/100 ($ 252.000.000,00). PROPUESTA Nº 2 Perteneciente a la firma PITANGA S.A., quien presentó garantía de mantenimiento de oferta con póliza de caución N° 587.741 de la firma AFIANZADORA LATINOAMERICANA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A., por hasta la suma total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL con 00/100 ($ 6.750.000,00). Dicha empresa cotizó para la ejecución de la obra la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL con 00/100 ($ 133.380.000,00). PROPUESTA Nº 3 Perteneciente a la firma EXTREME SPORTS S.A., quien presentó garantía de mantenimiento de oferta con póliza de caución N° 9/63.056 de la firma COMPAÑÍA DE SEGUROS INSUR S.A., por hasta la suma total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL con 00/100 ($ 7.500.000,00). Dicha empresa cotizó para la ejecución de la obra la suma de PESOS CIENTO TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL con 00/100 ($ 103.284.000,00). PROPUESTA Nº 4 Perteneciente a la firma NISOTEC S.A., quien presentó garantía de mantenimiento de oferta con póliza de caución N° 278.815 de la firma BERKLER INTERNACIONAL SEGUROS S.A., por hasta la suma total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA con 00/100 ($ 5.260.000,00). Dicha empresa cotizó para la ejecución de la obra la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL con 00/100 ($ 99.810.000,00).
Que la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA realizó un estudio pormenorizado de la documentación presentada por las empresas, expidiéndose acerca del cumplimiento de las exigencias legales y de la factibilidad de la adjudicación, advirtiendo que las ofertas presentadas han cumplimentado con la totalidad de documentación esencial exigida.
Que acto seguido, la Comisión técnica de Evaluación emite el respectivo Dictamen Técnico en base al análisis de las ofertas presentadas y su adecuación con el Pliego de Bases y Condiciones, en el cual tomando en cuenta la razonabilidad de los valores cotizados por los oferentes y los antecedentes en la ejecución de servicios similares, aconseja pre adjudicar el presente servicio a las firmas EXTREME SPORTS S.A. y, NISOTEC S.A., por resultar ser las “ofertas más convenientes” para la Comuna (Art. 23, Ley N° 6021), y por consiguiente, rechazar las ofertas presentadas por las firmas EMSADE S.A., y PITANGA S.A., por no ser económicamente conveniente.
Que la Contaduría General rechaza la ampliación solicitada por la Dirección General de Compras y Contrataciones.
Que las Empresas Extreme S.A. y Nisotec S.A. deciden retirar las ofertas económicas presentadas oportunamente, aduciendo desactualización de precios e imprevisibilidad ante el contexto inflacionario actual.
Que en atención a las presentaciones mencionadas y al rechazo de la ampliación de la solicitud de gastos por parte de la Contaduría General, corresponde desestimar el presente proceso.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Déjese sin efecto la LICITACIÓN PÚBLICA Nº 17/2022 para la ejecución del “SERVICIO DE LIMPIEZA Y DESOBSTRUCCIÓN DE LA RED PLUVIAL ZONAS A Y B” -en el partido de La Plata-, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente y demás documentación agregada.-
ARTICULO 2º: Desaféctese lo atendido con imputación a la U.E. 72- SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - Jurisdicción 1110162000 - Fuente de Financiamiento: 131 de origen Municipal.-
ARTÍCULO 3º: Autorizase la devolución de la garantía de mantenimiento propuesta a las firmas EXTREME SPORTS S.A., NISOTEC S.A., EMSADE S.A., y PITANGA S.A.-
ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Servicios Públicos.-
ARTICULO 5°: Regístrese, notifíquese a los oferentes y pase a la Contaduría General para la desafectación de la imputación.-
Dr. Julio César Garro. Intendente. Dr. Luis Esteban Barbier. Secretario de Obras y Servicios Públicos.