Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº1540

Decreto Nº 1540

Mar Chiquita, 19/09/2022

Visto

La nota presentada por el Delegado Municipal de General Pirán solicitando la modificación de la Bonificación por vehículo a cargo a agentes de dicha dependencia; y

Considerando

Que mediante Decreto N° 2231/21 se ha establecido el abono de dicha Bonificación a agentes de la Delegación Municipal citada;

Que por un lado solicita el cambio del vehículo asignado a los agentes Melián, Miguel Angel, Legajo N° 1035 y Merlo, Nelson Isaac, Legajo N° 3399 y por el otro, el abono de la Bonificación al agente Cepeda, Alfredo, Legajo N° 1575;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: MODIFICASE, el Artículo 1° del Decreto Municipal N° 2231/21, correspondiente al abono de la Bonificación por Vehículo a cargo de los agentes municipales de la Delegación de General Pirán (20% máquinas viales, tractores y camiones) a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive, el quedará redactado de la siguiente manera:

LEGAJO

AGENTE

VEHICULO

PORCENTAJE

592

BUSTOS, Jorge  Antonio

Champion 720 A

20%

 

1276

CIAPPINA, Rodrigo

Tractor Pauny 230

20%

 

1153

CUETO, Luis Edgardo

Siam 444

20%

 

3206

CUETO, Luis Edgardo

Ford F 100 RYC 233

20%

 

3026

CUETO, Sergio Exequiel

Pala Retro Case

20%

 

3516

DE SANTO, Cristian José

Ford Ranger LBQ 821

20%

623

MARICURRENA, Luis Oscar

Pala John Deere 310G

20%

1035

MELIAN, Miguel Ángel

Camión AF 361 YY

20%

3399

MERLO, Nelson Isaac

Camión Volskwagen

FQH 155

20%

1530

NUÑEZ, Miguel Andrés

Deutz A46

20%

 

1609

TOLOSA, Héctor Martin

Camión Ford Cargo 1722

 IPQ 035

20%

 

ARTICULO 2°: ABONESE, a partir del día de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2022 la Bonificación por Vehículo a cargo al siguiente agente de la Delegación Municipal de General Pirán (20% máquinas viales, tractores y camiones):

LEGAJO

AGENTE

VEHICULO

PORCENTAJE

1572

Cepeda, Alfredo

Camion Ford 14000

SCS 388

20%

 

 

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario General, Arq. Walter M. Wischnivetzky.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, y dése al Registro Oficial.-