Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4260/22
Coronel Dorrego, 11/08/2022
CORRESPONDE:
EXPTE. Nº 0185/22
VISTO:
La nota recibida por el titular de la firma: Consignataria Daniel Civardi S.A. al cumplirse el 29 aniversario de la empresa local; y
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Cuerpo Deliberativo autorizar el uso de espacios de dominio municipal.
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º) Autorízase a la firma comercial: Consignataria Daniel Civardi de ============= Coronel Dorrego, a utilizar el Teatro Municipal así como el espacio público de dominio municipal, frente al mismo, comprendido por la extensión de la calle Yrigoyen entre las arterias Lequerica y España, para el día 11 de agosto del presente año, a partir de las 11 horas hasta la finalización del evento musical de: Los Nocheros. El permiso comprende el corte del tránsito de la arteria citada. Sujeto al cumpliendo con las normativas vigentes.-
ARTÍCULO 2º) Dispóngase informar al Área de Inspección Municipal para establecer ============= las advertencias viales oportunas para indicar la intransitabilidad vehicular fijado ut-supra.-
ARTÍCULO 3º) Establézcase que el permiso otorgado por la presente es personal, ============= intransferible, de carácter precario y no contiene derechos de exclusividad. Pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa, cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.-
ARTÍCULO 4º) Establézcase que la entidad comercial permisionaria, será responsable ============ absoluta de la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere la actividad propuesta, como asimismo todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo de la misma.-
ARTÍCULO 5º) Dispóngase que ante el incumplimiento de la presente, las sanciones ============ que le correspondieren, a la permisionaria quedarán dentro del marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.-
ARTÍCULO 6º) Estipúlase que la entidad autorizada deberá abonar las contribuciones ============= establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.), en caso de corresponder.-
ARTÍCULO 7º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, Área e Inspección Municipal, ============ demás que corresponda, dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.-
SALA DE SESIONES, 11 de agosto de 2022.-
María Alicia Jalle Alejandro Gabriel Zorzano
SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
H. CONCEJO DELIBERANTE H. CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL NÚMERO: 4260/22