Boletines/Mercedes

Decreto Nº1538/2022

Decreto Nº 1538/2022

Mercedes, 08/09/2022

Visto

Que mediante la presentación obrante a fojas 1 quienes peticionan  Josefina María, Mónica Patricia y Marcelo José María Canellas Maguire,  manifiestan su intención de hacer entrega a la Municipalidad de la Bóveda registrada a nombre del Sr. Santiago Maguire en la que se encuentra sepultada la madre de los peticionantes Josefina Maguire de Canellas, sus padres, y los tíos Maguire, quienes no tuvieron descedencia, autorizando a  la remoción de los restos y su traslado al osario municipal.-    

Considerando

 Que a fojas 8 obra agregado informe de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos sobre el estado edilicio de la Bóveda en cuestión donde resulta que la misma presenta deterioros evidentes tanto en el interior como en el exterior.-    

Que el mencionado informe se encuentra complementado con las fotografías obrantes en las actuaciones a fojas 6/7 que ilustran sobre el mal estado de conservación.-                                  

Que a fojas 13 el Encargado del Departamento Cementerio informa que según los registros antiguos del Cementerio la Bóveda de referencia figuraba como propietario el Sr. Santiago Maguire y que en la ficha surgen como responsables la Sra. Josefina Maguire de Canellas y los Sres. Federico y Patricio Maguire, adjuntando a fojas 10/11 documentación al respecto.-    

 Que también adjunta a fojas  12 e-mail del Sr. Marcelo Canellas Maguire donde expresa que las personas que figuran en la ficha son fallecidas y que la única que tuvo hijos fue la Sra. Josefina Maguire de Canellas.-     

Que con la declaratoria de herederos agregada a fojas 15/16 surge que los peticionantes resultan herederos de la Sra. Josefina Maguire, acreditando un interés legítimo en estas actuaciones.-                          

 Que la normativa aplicable autoriza la rescisión de la concesión en arriendo para Bóvedas por cuestiones de higiene, sanitarias, estéticas o de seguridad edilicia (Artículo 33 inciso d, Ordenanza N° 2790/83).-                                                                   

Que las deficiencias que presenta la Bóveda denotan su estado de abandono y falta de mantenimiento.-        

Que en concordancia con el informe técnico antes referido, ameritaría la adopción de medidas por el riesgo a la seguridad edilicia que provocaría.-     

Que por todo lo expuesto y lo recomendado por la Dirección de Asuntos Legales a fs. 17 frente y vuelta.-    

  Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de facultades legales que le son propias,         

D E C R E T A:

Artículo 1º.- DECLARASE rescindido el plazo de la concesión de arriendo para la Bóveda identificada como Número 389 - Cuenta 13.976, ubicada  en la Sección B, Manzana 1, Calle B/e A y R del Cementerio Municipal, registrada a nombre de Santiago Maguire.-   

Artículo 2º.- DISPONESE la toma de posesión del terreno otorgado en arrendamiento para la bóveda referida en el Artículo 1º, por intermedio del Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos labrándose acta de estilo y procédase a su registración en los libros respectivos del Cementerio Municipal.-    

Artículo 3º.- PROCEDASE al traslado de los restos con las formalidades correspondientes al osario municipal.-            

Artículo 4º.- AUTORIZACE las tareas de  reparaciones de seguridad edilicia exigidas en el informe técnico de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos a fojas 8.-   

Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Municipal. Archívese.-