Boletines/Mercedes
Decreto Nº 1536/2022
Mercedes, 08/09/2022
Visto
El expediente N°3715/2021 (alc.49) caratulado: PROGRAMA “MI CASA-REFACCION MUNICIPAL” AGENTE: GENOVESIO SEBASTIAN – LEGAJO 7795 y;
Considerando
Que en el marco del convenio PARITARIAS 1/2021 el Departamento Ejecutivo se comprometió a otorgar CIEN (100) créditos para los trabajadores municipales en el marco del Programa Mi Casa Refacción.
Que en cumplimiento de dicho compromiso desde el 22 de junio de 2021 se concretó la inscripción para que los interesados manifiesten su voluntad de percibir tal beneficio surgiendo del mismo CIENTO VEINTICINCO 125 inscriptos.
Que por decreto 1342 del año 2021 se declaró beneficiario al agente Genovesio Sebastián con fecha de 23 de octubre de 2021.
Que según se desprende en fs. 43 respectivamente del expediente citado, el beneficiario mencionado en el párrafo anterior presenta la renuncia al beneficio otorgado.
Que más allá de haber cumplido con los requisitos requeridos por el estado municipal, que el beneficio fue otorgado oportunamente y que la suma de dinero establecida le fuera transferida a la tarjeta gestionada por la administración, no existe norma del derecho positivo que obligue a un administrado en general o a un trabajador en particular a aceptar un crédito de ninguna naturaleza ya que sería contrario a lo establecido en el art. 19 de la Constitución Nacional.
Que por decreto N° 312/2022 se aceptaron las renuncias de los trabajadores CHAPARRO Francisco (Legajo 1977), TORRE Yesica Pamela (Legajo 7362) y VILLALBA Ayelen Verónica (Legajo 7685).
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: ACEPTASE la renuncia al beneficio MI CASA REFACCION MUNICIPAL del convenio PARITARIAS 1/2021 establecido en el decreto 1342/2021 del agente Genovesio Sebastián (Legajo 7795).
ARTÍCULO 2º: AGREGUESE al Decreto N°312 del Folio N° 422 del Libro N° 56.
ARTÍCULO 3º: NOTIFIQUESE por cedula y con transcripción de los artículos 65, 86 y 90 de la Ordenanza General N° 267/80.
ARTÍCULO 4º: CUMPLIDO, remítase a la Dirección de Vivienda a los efectos que tome conocimiento y su posterior archivo. -