Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2151/22
General Pueyrredon, 21/09/2022
Visto
el presente actuado donde se tramita la contratación directa de la provisión de reactivos con destino al C.E.M.A., del sistema de Salud Municipal; y
Considerando
Que por Solicitud de Pedido Nº 1248/21 (fs. 02/04) la Dirección General Centro de Especialidades Médicas Ambulatorias solicita la contratación a la firma RADIOGRÁFICA OESTE S.R.L., en su carácter de proveedor exclusivo para la provisión de reactivos con destino al C.E.M.A.
Que a fojas 08 la División Laboratorios informa las especificaciones técnicas a tener en cuenta en la adquisición de reactivos:
Que a fojas 10 obra nota de la firma Siemens Healthcare Alemania, mediante la cual faculta en forma exclusiva a la firma RADIOGRÁFICA OESTE S.R.L., en la zona de influencia del partido de General Pueyrredon, para comercializar, cotizar y entregar todos sus reactivos y productos.
Que a fojas 11 obra la oferta económica del proponente para la provisión objeto de la contratación.
Que a fojas 14 la División Laboratorios manifiesta que el equipo en el que han de utilizarse los reactivos a contratar sólo funciona con reactivos propios de su marca (Siemens). Asimismo, destaca que el “forzamiento” para productos de otras marcas ocasionaría daños en el equipo.
Que a los fines de asegurar la salubridad pública, como bien jurídico comprometido, la presente contratación se enmarca en las disposiciones de los artículos 156 inciso 1º (proveedor exclusivo) de la Ley Orgánicas de las Municipalidades
Que la Contaduría Municipal a fs. 18 se expide en los términos de su competencia.
Por todo ello y en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°. Contrátase en los términos de los artículos 156 inciso 1º (proveedor exclusivo) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, a la firma RADIOGRÁFICA OESTE S.R.L. para la provisión de reactivos con destino al C.E.M.A., por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 68/100 ($ 2.975.943,68).
ARTÍCULO 2º. El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda y la Señora Secretaria de Salud.
ARTÍCULO 3°. Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese, publíquese y para las notificaciones y demás efectos que correspondan intervenga la Dirección General de Contrataciones y la Contaduría General.
BLANCO BERNABEI MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO EL Nº 2151