Boletines/Carlos Tejedor
Ordenanza Nº 2797/22
Carlos Tejedor, 16/08/2022
FUNDAMENTOS:
VISTO Y CONSIDERANDO:
El CONVENIO celebrado entre el MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO URBANO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE CARLOS TEJEDOR que forma parte de la presente, es que;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Artículo 1°.- Convalídese el CONVENIO celebrado entre el MINISTERIO DE HABITAT Y DESARROLLO URBANO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES representado por el Sr. Ministro, Agustín Pablo SIMONE y la MUNICIPALIDAD DE CARLOS TEJEDOR representada por su Intendenta, Sra. María Celia GIANINI.-
Artículo 2º.- El presente convenio tiene como objeto: La Provincia de Buenos Aires, a través del MINISTERIO otorgará al MUNICIPIO en concepto de subsidio, hasta la suma de pesos cuarenta millones doscientos diecisiete mil cuatrocientos noventa y nueve con dos centavos ($40.217.499,02.-) equivalente a la cantidad de trescientas noventa mil ochocientas cuarenta con sesenta y un Unidades de Vivienda (“UVI”) Ley N° 27.271 y Decreto N° 635/21 (390.840,61) valor referido el 28 de febrero de 2022, destinada a financiar la ejecución del proyecto de obra pública municipal “Infraestructura para pavimentar 11 viviendas en Carlos Tejedor”, en adelante denominado “PROYECTO”, el que se encuentra vinculado en el EX–2022–05340526- -GDEBA– DALDUYVIV. El presente subsidio se otorga en el marco del proyecto de obra “11 viviendas Carlos Tejedor” aprobado por expediente EX–2019-21702519- - GDEBA-DPTDIV, y será destinado por el MUNICIPIO para la ejecución y/o mejoramiento de las obras de infraestructura básicas y necesarias que requiere dicha obra. El presente convenio se regirá en todo por lo dispuesto por el Decreto N° 467/2007, la Resolución N° RESO-2022-23-GDEBA-MHYDUGP y modificatorias. En tal sentido, el MUNICIPIO acepta sin reservas lo dispuesto en el presente Convenio y la mentada Resolución N° RESO-2022-23-GDEBA-MHYDUGP y modificatorias. -
Artículo 3º.-Se instruye para que se cumplan las exigencias legales que correspondan, para que rijan las disposiciones ordenadas en el menor lapso de tiempo posible. -
Artículo 4°.- Cúmplase, comuníquese al Departamento Ejecutivo.-
DADO EN LA SALA DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CARLOS TEJEDOR A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO EN LA DECIMA SEGUNDA SESION ORDINARIA DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS
EDUARDO MARIA FIGUEROA DR. ESTEBAN MOLINA
SECRETARIO HCD PRESIDENTE HCD