Ordenanza Nº3822
Ordenanza Nº 3822
Villarino, 10/08/2022
VISTO el asunto N°13.750:Bloque de Concejales del Frente de Todos presenta proyecto de ordenanza creando una mesa intersectorial de trabajo en el ámbito del Distrito de Villarino para abordar la preocupante crisis hídrica, sin precedentes, que desde hace más de 12 años afecta a toda la cuenca del Río Colorado.
Y CONSIDERANDO 1) El dictamen de la Comisión de Producción, Media Ambiente y Turismo recomendó, por mayoría, su aprobación. 2) Que el mismo ha sido aprobado por la mayoría (8 votos afirmativos y 6 negativos) de los Señores Concejales Presentes, reunidos en Sesión Ordinaria celebrada el día 10 de agosto de 2022.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Crear una mesa intersectorial de trabajo en el ámbito del Distrito de Villarino para abordar la preocupante crisis hídrica, sin precedentes, que desde hace más de 12 años afecta a toda la cuenca del Río Colorado.
ARTÍCULO 2°: Dicha mesa intersectorial de trabajo estará presidida por el Intendente Municipal de Villarino y será integrada por:
- El Administrador General de CORFO Río Colorado
- El Representante por la Provincia de Buenos Aires en el Comité Ejecutivo del COIRCO.
- El Representante de la Provincia de Buenos Aires en la Autoridad Interjurisdiccional de Cuencas (AIC).
- El Director de la Estación Experimental Agropecuaria (INTA) Hilario Ascasubi.
- El Director de la Unidad de Atención Integral de la Administración Nacional de Seguridad Social en Villarino.
- El Presidente del Ente Municipal de Producción de la Municipalidad de Villarino ( EMPROMUV)
- El Presidente del Honorable Concejo Deliberante de Villarino.
- Los presidentes de cada uno de los Bloques Políticos constituidos en el HCD.
- El presidente de la Asociación de Productores Rurales de Villarino Sur (APROVIS).
- El presidente de la Asociación de Productores Hortícolas del Sur Bonaerense (APROHSUB).
- El presidente del Consorcio Hidráulico del Valle Bonaerense del Río Colorado.
- El delegado de la Unión Argentina de Trabajadores y Estibadores (UATRE) de Villarino.
- El delegado de la Unión de Trabajadores de la Tierra (UTT) de Villarino.
- El delegado de la Rama Rural del Movimiento de Trabajadores Excluídos (MTE Rural) de Villarino.
- El delegado de la Federación Nacional Campesina (FNC) de Villarino.
- Cualquier otra institución u organización legalmente constituida, relacionada con la producción del Distrito de Villarino, a solicitud de cualquier integrante de la mesa y previa aprobación por mayoría simple de la totalidad de los integrantes de la misma.
ARTÍCULO 3°: Cada uno de los integrantes de la mesa intersectorial podrá designar a alguien en su reemplazo.
ARTÍCULO 4°: Son objetivos de la conformación de la presente mesa:
- Analizar la preocupante crisis hídrica que afecta a todas las localidades del Valle Bonaerense del Río Colorado;
- Analizar el panorama de la temporada 2022-2023;
- Analizar los riesgos que corre la región a corto, mediano y largo plazo si no se avanza en soluciones concretas;
- Estimar el producto bruto agropecuario que se deja de percibir por las restricciones hídricas;
- Generar un documento único que permita dimensionar los conflictos existentes (sociales, productivos, culturales, geográficos, técnicos) en torno a la crisis hídrica;
- Reunir todos los antecedentes que versen sobre el trasvase de aguas del Río Negro al Río Colorado;
- Reunir todos los proyectos existentes dónde sea factible el trasvase;
- Apoyar al Gobierno Provincial en la búsqueda de financiamiento para: 1. La concreción de la Obra Dique Regulador Paso Alsina; 2. El estudio de prefactibilidad de los diferentes proyectos existentes que la Universidad Nacional del Sur desde hace algunos años viene realizando para regar el sur bonaerense con aguas del río Negro;
- Determinar el cupo de agua que le corresponde a la Provincia de Buenos Aires del Río Negro;
- Reinstalar públicamente la problemática;
- Promover la sensibilización y concientización acerca del uso del agua;
ARTÍCULO 5°: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará el funcionamiento de la mesa y la modalidad de convocatoria, debiendo requerir a la primera conformación dentro del plazo de 60 días de promulgada la presente ordenanza.
ARTÍCULO 6°: Promúlguese, publíquese, comuníquese, pase al Departamento Ejecutivo a sus efectos, cumplido archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE VILLARINO A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTIDÓS SANCIONADA BAJO EL NRO. 3822.-