Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 3102
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/09/2022
Vistas las presentes actuaciones, atento la nota presentada a foja 2 del presente expediente por DRAGICEVICH ELNA VERONICA, por la cual solicita la exención en el pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 908-D-2016, Partida Inmobiliaria N° 164938, y;
CONSIDERANDO:
Que, a fojas 4 y 7 el Departamento Contralor Obras Particulares informa que existe expediente de construccion con permiso N° 908-D-2016 Partida N° 164938 ingresado el 06 de octubre de 2016, el cual trata de una vivienda familiar, categoria C, aprobado fuera de termino con fecha 24 de junio de 2019, cuyos derechos de construcción ascienden a $21.005,78.- y manifiesta que el proyecto de construcción fue presentado dentro de los terminos de la Ordenanza N° 17112/2013 PRO.CRE.AR;
Que, la Ordenanza Nº 17.112 en su Artículo Nº 5 prescribe: “Exímase del pago de los Derechos de Construcción establecidos en el Título IX, Parte Especial de la Ordenanza Fiscal y Capítulo IX, de la Ordenanza Impositiva a las edificaciones que se efectúen en el marco del PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (PRO.CRE.AR.), de conformidad con las pautas que se establezcan en el contrato de fideicomiso previsto por el Artículo 10º y ccs. del Decreto PEN 902/12.-”;
Que, el Departamento Recaudación a fs. 9 sugiere, se exima del pago de los Derechos de Construcción, cargados por expediente N° 908-d-2016, al inmueble identificado con la partida N° 164938 por la suma de $21.005,78 en los términos del articulo N° 5 de la Ordenanza N° 17112/13;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
R E S U E L V E
ARTICULO 1º): Exímase a la Partida Inmobiliaria N° 164938 del pago de los Derechos de Construcción correspondientes al expediente Nº 908-D-2016, en un todo de acuerdo a lo prescripto por el Artículo Nº 5 de la Ordenanza 17.112 y a los considerandos de la presente resolución.
ARTICULO 2°): Cúmplase, notifíquese, dése al RO, tome nota a sus efectos Departamento de Recaudación; y hecho, ARCHIVESE.