Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº251

Resolución Nº 251

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 21/09/2022

Visto el Procedimiento Digital Implementado y lo solicitado precedentemente por el INSTITUTO CULTURAL MUNICIPAL, referente al traslado en comisión con viáticos del agente FELIX Jorge Emanuel, legajo Nº 13.436, MARTINEZ OCAMPO Abel Omar, legajo Nº 12.451, quiénes concurren desde el 01/10/2022 al 06/10/2022 a la ciudad de Mar del Plata con el fin de participar en carácter de representantes de la delegación de la ciudad de Bahía Blanca del área cultura en la 31º edición de los Juegos Bonaerenses, por tal motivo se requiere destacar en comisión desde el 30 de septiembre y hasta el 7 de octubre. Por lo expuesto, y teniendo en cuenta lo informado, la DIRECCIÓN DEL INSTITUTO CULTURAL DE BAHIA BLANCA, en uso de sus facultades que le confiere el Decreto Nº 314/2017;

- R E S U E L V E -

ARTICULO 1º: Destacar en comisión con viáticos a los agentes FELIX JORGE EMANUEL, legajo Nº 13.436, MARTINEZ OCAMPO ABEL OMAR, legajo Nº 12.451,  quiénes se trasladarán en micro contratado desde 30/09/2022 al 07/10/2022 a la ciudad de Mar del Plata con el fin de participar en carácter de representantes de la delegación de la ciudad de Bahía Blanca del área cultura en la 31º edición de los Juegos Bonaerenses, los días 1º al 6 de octubre.

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría General a liquidar a favor del agente FELIX JORGE EMANUEL, CUIL 23-29300264-9, la suma de pesos ($78000) en concepto de adelanto viático y gastos que surjan durante el viaje; con oportuna rendición de cuentas.

ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría General a liquidar a favor de liquidar a favor del agente MARTINEZ OCAMPO ABEL OMAR, CUIL 20-22049601-6, la suma de pesos ($78000) en concepto de adelanto de viático y gastos que surjan durante el viaje; con oportuna rendición de cuentas.

ARTICULO 4º: El presente gasto deberá imputarse a la Jurisdicción: 1110108000; Fuente: 110; Cat. Programática: 01.01.00; Gasto: 3.7.2.0 del Presupuesto de Gastos.-

ARTICULO 5º: La rendición de cuentas del anticipo deberá cumplirse dentro de los quince (15) días corridos desde el regreso de la comisión. El incumplimiento de la presente disposición determinará la retención de la suma anticipada o no rendida, la que deberá ser comunicada por la Secretaría al Departamento Personal para que detraiga la suma correspondiente del siguiente haber a liquidarse. El agente quedará notificado con su firma al pie de la presente Resolución.

ARTICULO 6º: Cúmplase, tome nota el Departamento de Administración del Personal, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto, Dirección de Acción Cultural; dése al R.O. y ARCHIVESE.-