Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 2986
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 12/09/2022
Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada a fojas 2 del expediente N° 0-174/2022, por SEGURADO MIGUEL ANGEL, D.N.I. 11.913.605, mediante la cual solicita el otorgamiento de los beneficios estipulados en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes, a la Partida Nº 507.231;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo Nº 80 de la Ordenanza Fiscal vigente, establece: “Los propietarios y/o poseedores a título de dueño de un único bien inmueble baldío, en el cual proyectan construir su vivienda única, gozarán de un descuento en la tasa total liquidada de acuerdo con lo que establezca la Ordenanza Impositiva";
Que, el Artículo Nº 6 de la Ordenanza Impositiva vigente, dispone que: “Para los casos comprendidos dentro de lo establecido en el Artículo 80º de la Ordenanza Fiscal, la tasa total liquidada gozará de un descuento del 80%.";
Que, el Departamento Catastro informa a fojas 4 del expediente N° 0-174/2022, que el inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección D, Manzana 357aa, Parcela 12, Partida 507.231, registra como titular de dominio a la Asociación Mutual de Empresas Ferroviarias y responsable de pago a Segurado Miguel Angel y cumple con las condiciones establecidas en el Artículo N° 80 de la Ordenanza Fiscal vigente;
Que, el Departamento Recaudación sugiere a fojas 7 del expediente N° 0-174/2022, correspondería otorgar un descuento del 80% en el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, desde la cuota 01/2022 a 12/2022, de la Partida Inmobiliaria N° 507.231;
Que, el Artículo Nº 22 de la Ordenanza Fiscal prescribe: "Ninguna dependencia comunal dará curso a trámites o gestiones relacionados con bienes muebles e inmuebles, negocios o actos sujetos a obligaciones fiscales con este Municipio, no procediendo el otorgamiento de visaciones, autorizaciones, aprobaciones o certificaciones hasta tanto no se acredite el cumplimiento de aquellas con la respectiva constancia de pago, certificado de libre deuda, o se acredite el principio de ejecución del correspondiente convenio de pago de las obligaciones incumplidas.";
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades:
- R E S U E L V E -
ARTÍCULO 1º: Reducir a la Partida Nº 507.231, en un 80% el pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública, a partir de la cuota 01/2022 a 12/2022, en un todo de acuerdo a lo normado en los Artículos Nº 80 y Nº 6 de la Ordenanzas Fiscal e Impositiva 2022, y a los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º: Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Recaudación, hecho ARCHIVAR.-