Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20842
Bahia Blanca, 08/09/2022
VISTO
El proyecto de Ordenanza obrante a fojas 121/122 por el que se autoriza a adjudicar la contratación de servicio de traslado de pacientes bajo distintas modalidades operativas, a fin de cubrir las necesidades que no alcanza a prestar la ambulancia propia, para el periodo agosto a diciembre de 2022.
Del análisis de documentación, surge que:
Con fecha 19 de julio de 2022 se emitió la Resolución Nº 6-1235-2022 llamando a Licitación Privada Nº 2.021/2.022 para el día 26 de julio a efectos de contratar el servicio aludido para el periodo 1 de agosto al 31 de diciembre del año 2022. El presupuesto oficial ascendía a tres millones quinientos noventa y dos mil novecientos sesenta y siete pesos con cinco centavos ($3.592.967,05).
Con fecha 20 de julio de 2022, se cursaron invitaciones a diferentes proveedores inscriptos en el Registro de Proveedores (Artículo 153 de la Ley Orgánica Municipal). Los convocados fueron: 1) Sem Salud S.A.; 2) Asociación Hospital Italiano Regional del Sur y 3) Alerta S.A..
Con fecha 26 de julio de 2022 se realizó la apertura de la licitación habiéndose recibido una única oferta, presentada por el proveedor Sem Salud S.A., cuya oferta económica total asciende a cuatro millones ochocientos cincuenta mil quinientos cinco pesos con noventa centavos ($4.850.505,90).
Del análisis de la propuesta presentada, la documentación presentada por el único proveedor mencionado cumple con todo lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones (documentación obrante a fojas 21 a 42).
La empresa Sem Salud S.A. ha presentado su oferta discriminada para cada una de las prestaciones de servicios solicitadas: Ítem 1) Traslado de pacientes con médico, incluye cuarenta (40) movimientos mensuales para el periodo agosto a diciembre de 2022. Por este servicio cotizó un valor mensual de cuatrocientos ochenta y seis mil cuatrocientos diecisiete pesos con nueve centavos ($ 486.417,09) para las localidades de Bahía Blanca, Ingeniero White y General Daniel Cerri; Ítem 2) Traslados programados de pacientes sin médico para cubrir cuarenta (40) movimientos mensuales, durante el mismo período que el ítem anterior, cotizó doscientos veinticinco mil doscientos treinta pesos con diecinueve centavos ($ 225.230,19) mensuales; Ítem 3) Por cada traslado con médico que exceda los cuarenta (40) movimientos mensuales previstos en el ítem 1) cotiza veintiocho mil quinientos once pesos con veintidós centavos ($ 28.511,22); Ítem 4) Por cada traslado sin médico que exceda los cuarenta (40) movimientos mensuales previstos en el ítem 2) cotiza diez mil ciento veintiún pesos con treinta y ocho centavos ($10.121,38).
Con fecha 26 de julio de 2022, se solicita al proveedor una “Mejora de Oferta”, la cual es cotizada con un incremento de precios del treinta y dos por ciento (32%) para la totalidad de los ítems, comparándolos con los valores adjudicados en el primer semestre de 2022.
Que la empresa cumple con las condiciones de proveedor del rubro, y que no ha presentado inconvenientes en contrataciones anteriores.
A fojas 44 y 45 consta el desglose de la garantía de oferta, documentación que se reserva en la Tesorería de ese Hospital.
Que la Oficina de Compras ha constatado el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos en el pliego de bases y condiciones, lo que ha quedado reflejado en planillas al efecto, que obran en fojas 116 a 118; y
CONSIDERANDO
Que la empresa cumple con las condiciones de proveedor del rubro, yque no ha presentado inconvenientes en las contrataciones anteriores.
Que el precio ofertado está dentro de lo esperado respecto al incremento presupuestario previsto para el período a adjudicar.
Que el oferente presenta constancia de la habilitación emitida por la Dirección Provincial de Coordinación y Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y la habilitación municipal (fojas 74/75).
Que en función de lo expresado anteriormente el proveedor califica conforme lo exigido por el pliego licitatorio.
Que la puesta en funcionamiento de la Unidad de Traslado de Baja Complejidad por nuestro Hospital ha permitido la reducción de los servicios contratados cuando los mismos no necesitan contar con la asistencia de un profesional médico.
Por lo expuesto precedentemente y conforme lo indica el Artículo 187 del Reglamento de Contabilidad y el Artículo Nº 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el H.Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de,
ORDENANZA
Artículo 1° - Autorízase, al Hospital Municipal de Agudos “Dr. L. Lucero”, a adjudicar la Licitación Privada Nro. 2021/2022 - Servicio de traslado de pacientes, a la firma SEM SALUD S.A., por única oferta, para el periodo agosto a diciembre de 2022, dado que resulta imprescindible la continuidad del servicio, conforme Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y Artículo 187º del Reglamento de Contabilidad.
Artículo 2° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-