Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº1928

Decreto Nº 1928

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 04/08/2022

Visto las presentes actuaciones por las cuales la Subsecretaría de Protección Ciudadana requiere, a foja 1, ampliando a fojas 5, la incorporación del personal dependiente del Centro Único de Monitoreo, a la bonificación otorgada al personal de la Central de Comunicaciones 107/109, y

CONSIDERANDO

Que tal requerimiento se funda en entender la existencia de una conexidad y similitud de las funciones que prestan ambas dependencias, en cuanto ambas tareas son inherentes a la prevención, emergencia y urgencia.

Que tales tareas comparten el mismo fin, que es la protección ciudadana, función del Centro Único de Monitoreo reconocida por Ordenanza Municipal 17957.

Que la prestación de servicios se efectúa, en ambos casos, y en relación a su importancia, las 24 hs del día, durante los 365 días del año.

Que si bien una de las funciones se centra en una importante carga auditiva, la otra lo hace desde un enfoque visual.

Por lo expuesto, atento lo dictaminado por la Subsecretaría de Legal y Técnica,  atento al informe emitido por la Dirección General de Capital Humano, y la imputación de Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

 D E C R E T A 

ARTÍCULO 1º: Incorpórese, en los alcances establecidos por los Decretos 135/2015 y ____________ 2067/2020, a los agentes dependientes del Centro Único de Monitoreo (oficina 355, Dirección de Monitoreo), que desempeñen funciones en el mismo, según el listado siguiente, desde su notificación y mientras desempeñen funciones en dicho área:

LEGAJO

APELLIDO Y NOMBRE

CATEGORIA

OFICINA

15151

AGUADO PAOLA NOEMI

05/4C.03

355

15156

RUIZ AIROLDES BRUNO

05/4C.01

355

15158

LUINI PAULA FERNANDA

05/2B.01

355

15159

GUTIERREZ CARINA MAGALI

05/4C.01

355

15172

DIAZ SILVIA ANDREA

04/2C.03

355

15175

MUÑOZ NADIA ROCIO

05/4C.01

355

15330

JAURENA NICOLAS ANDRES

05/4C.01

355

15334

BORDOGNA AGUSTINA

05/4C.01

355

15336

FERNANDEZ CYNTHIA GUILLERMINA

05/2B.01

355

15337

LORENZETTI MARIA GIMENA

05/4C.01

355

15338

ARANSAY MELISA GISELLE

05/4C.03

355

15528

DECANDIA MARIA ELISA

05/4C.01

355

15530

CRUZ ROMINA NATALIA

05/4C.03

355

15531

SCHAMBER JOSE IGNACIO

05/4C.03

355

15532

MAZANTE LUCAS MARTIN

05/4B.03

355

15534

VATTUONE FERNANDO MANUEL

05/4C.03

355

15673

DE LUCA MARIANO HERNAN

05/2B.03

355

15709

GROSSO ANTONELA

05/4C.01

355

15710

CASTILLO MACARENA

05/4C.01

355

15711

GONZALEZ VICTOR SEBASTIAN

05/4B.01

355

15712

RICCARDI LUCIA MACARENA

05/4C.01

355

15714

GAUNA KAREN NAHIR

05/4C.01

355

15715

ARCURI ANTONELA

05/4C.01

355

15717

ALONSO GASTON LUCAS

05/2B.03

355

15718

ETCHETO ALEXIS ENRIQUE

05/4C.01

355

15719

MILLAO ROMINA MARISOL

05/4C.01

355

15721

LACATENA EVELIN JOHANNA

05/4C.01

355

15722

PRIETO LUISINA ANTONELA

05/4C.01

355

15723

SIRACUSA RAMIRO MANUEL

05/4C.01

355

15727

BALLESTERO MARIA JOSE

05/4C.01

355

15728

CASSINI MARIA EUGENIA

05/4C.01

355

15729

MERCANTI MAXIMILIANO

05/2B.03

355

15730

MERCANTI SEBASTIAN

05/4C.03

355

15733

CORNACHONI FRANCO

05/4C.01

355

15734

CUEVAS YANINA NOEMI

05/4C.01

355

15736

PIZARRO FRANCISCO

05/4C.01

355

15738

CAZZULO NICOLAS

05/4B.03

355

15741

MONTERROSO JULIETA

05/4C.01

355

15742

AGUIRRE ANA MAGALI

05/4C.01

355

15743

MAGARIÑOS MARISOL

05/4C.01

355

16086

BONET AGUSTIN

05/4B.01

355

16112

LEFNO MICAELA MAILEN

05/4B.03

355

16113

VARELA KARINA BEATRIZ

05/4B.03

355

16233

COCERES ARIEL OSCAR

03/6B.01

355

16371

MADUEÑO JUAN JERONIMO

05/4B.01

355

16374

PELAYES GASTON NICOLAS

05/4B.03

355

16483

COLANTUONO MARIA DEL ROSARIO

05/4B.01

355

16484

LAZZARIN ELBA BEATRIZ

05/4B.01

355

21189

ACOSTA JUAN MANUEL

05/4B.03

355

21289

CARIMAN FERNANDO JOEL

05/4B.01

355

21293

MANCINI NICOLAS SEBASTIAN

05/4B.01

355

Establezcase que tales alcances le corresponderá a todos y cada uno de los agentes que se incorporen a futuro como dependientes y para cumplir funciones en el Centro Único de Monitoreo.-

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Actividad 01.01.00, Gasto 1.1.3.3. del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3:  Cúmplase, notifíquese, tome nota Departamento Administración de Personal,  Dirección General de Capital Humano, Dirección de Monitoreo, Subdirección de Presupuesto y Contaduría General, dése al R.O., ARCHIVESE.-