Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 224
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 06/09/2022
Visto la nota elevada por el Director del Instituto Cultural y la Directora de Acción Cultural a fs. 1, por la cual comunican que la señora María Alejandra Pupio, docente, investigadora y gestora cultural, se encuentra abocada a la organización del "Encuentro de Educadores - Intersección de saberes: ciencia-arte y prácticas cotidianas" que se llevará a cabo entre los días martes 27 y viernes 30 de septiembre del corriente año en dependencias de la Universidad Nacional del Sur de nuestra ciudad, y
Considerando
Que el desarrollo del mencionado evento forma parte del cronograma cultural de nuestra ciudad, por lo que se encuentra incluido en el marco de la Ordenanza N° 19.038 (sancionada el 29 de junio de 2017) que crea el Fondo Municipal de Financiación de Eventos Artísticos y Culturales de Organización Regular y Continuidad en el tiempo con el Instituto Cultural de Bahía Blanca como autoridad de aplicación, como consta en el artículo 4.
Que esta actividad es un espacio de encuentro entre docentes y estudiantes de profesorados y escuelas de arte que permite generar acciones de cruce de saberes.
Que el encuentro implica el dictado de un plan de talleres de trabajo coordinados por artistas y especialistas en ciencia y arte, así como la presentación de eventos teatrales y artísticos.
Que el evento tiene su origen en los proyectos educativos de Arqueología y Arte desarrollados desde el año 2009 en distintos espacios culturales de la ciudad de Bahía Blanca financiados con subsidios de Fundación Antorchas, CONABIP, Extensión y Voluntariados Universitarios y de Promoción de la Cultura Científica del Ministerio de Ciencia e Innovación Tecnológica de la Provincia de Buenos Aires.
Que anualmente se prevé la asistencia de más de 500 alumnos y docentes de profesorados de ciencia y arte, y otros tantos por intermedio de las transmisiones por streaming que comenzaron a darse desde 2020.
Que se ha solicitado un subsidio destinado a solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, gastos de diseño gráfico y difusión y demás gastos que se pudieran ocasionar. Considerando que ha sido previsto en el Presupuesto de Gastos del corriente ejercicio el otorgamiento de una ayuda destinada a tal fin y atento a la imputación de los Departamentos de Planeamiento Presupuestario y la Contaduría General a fs. 1 vta.; el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Otórgase un subsidio a nombre de María Alejandra PUPIO, C.U.I.L./T: 23-18277186-4; por la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000,-) a fin de solventar gastos de producción y coordinación, tales como honorarios profesionales, gastos de diseño gráfico y difusión y demás gastos que demanden la organización del "Encuentro de Educadores - Intersección de saberes: ciencia-arte y prácticas cotidianas" que se llevará a cabo entre los días martes 27 y viernes 30 de septiembre del corriente año en dependencias de la Universidad Nacional del Sur de nuestra ciudad, en un todo de acuerdo al considerando de la presente Resolución.-
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a María Alejandra PUPIO, C.U.I.L./T: 23-18277186-4; la suma de pesos sesenta mil ($ 60.000,-) atento a lo indicado en el artículo Primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Partida del Presupuesto de Gastos vigente: Fuente: 110, Jurisdicción: 1110108000, Cat. Prog.: 84. 00. 00, Hechos Artísticos Culturales No Eventuales - Gasto. 5.1.4.0.-
CUARTO: Notifíquese a la persona beneficiaria que, una vez recibidos los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en el plazo de noventa (90) días, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión; bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones anexas al Decreto 2980/00- RAFAM.-
QUINTO: Déjese constancia que, de acuerdo al artículo 10 del Decreto 1873/2019 que reglamenta la Ordenanza 19.038, el beneficiario deberá referenciar el aporte y auspicio, haciendo uso de la gráfica oficial del Municipio en sus piezas de comunicación.
SEXTO: Encomendar al Instituto Cultural el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la persona beneficiaria dispuesto en el artículo 4° del presente acto administrativo.-
SÉPTIMO: Cúmplase, notifíquese al beneficiario mediante entrega de copia certificada de la presente, tome nota Contaduría General, dése al R.O. y ARCHÍVESE.