Boletines/General Belgrano

Decreto Nº1570/2022

Decreto Nº 1570/2022

General Belgrano, 19/07/2022

Visto

el Convenio N° 716/22, suscripto entre la Municipalidad de General Belgrano, representada por el Sr. Intendente Municipal Prof. Osvaldo Mario Dinápoli y la Dirección Nacional de Vialidad, representada por el Sr. Administrador General Gustavo Héctor Arrieta, y;

Considerando

Que a 12 días del mes de marzo de 2021, el municipio solicita mediante nota material fresado asfáltico.

Que se manifiesta la disponibilidad del material en zona de camino en Ruta Nacional N° 3 – Km. 303, procedente de la Obra A-RS-13-02.

Que ambas partes acuerdan celebrar el presente convenio, con el objeto de transferir el material solicitado.

Que Vialidad Nacional transfiere al municipio la cantidad de UN MIL (1.000.-) toneladas de material residual de fresado asfáltico, ubicado en zona de camino en Ruta Nacional N° 3 – Km. 303, procedente de la Obra A-RS-13-02.

Que el Municipio deberá utilizar el material mencionado en el mejoramiento de la vía pública.

Que la Municipalidad, con equipos propios será responsable de retirar el material solicitado, y tendrá a su costo y cargo los gastos de carga, descarga y traslado del mismo hasta el lugar de las tareas que oportunamente realice.

Que se establece un plazo de seis (6) meses a partir del acto resolutivo que apruebe el proyecto, para retirar el material.

Que de acuerdo al Artículo 108, inciso 14 de la Ley Orgánica de las Municipalidades es atribución del Departamento Ejecutivo celebrar el contrato, fijando las partes la jurisdicción provincial.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

Artículo 1°: Aprobar el Convenio N° 716 suscripto el día 14 de julio de 2022, entre la Municipalidad de General Belgrano y la institución que a continuación se detalla:

Institución

Domicilio

Objeto

Vigencia

716

Dirección Nacional de Vialidad Represente Sr. Administrador Gral. Gustavo Héctor Arrieta

Av. Julio Argentino Roca N° 738 - CABA

Transferencia de UN MIL ( 1.000.-) toneladas de material residual de fresado asfáltico

6 meses a partir del acto resolutivo de aprobación del convenio.

Artículo 2°: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Lic. Roman Della Vedova.--

Artículo 3°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Servicios Públicos, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar.--