Boletines/Daireaux
Decreto Nº 875/2022
Daireaux, 27/07/2022
SUBSIDIO cultura
Visto
Lo actuado por Expediente Administrativo Nro. 4022-13.024 /22,
Considerando
Que por notas de fecha 26 de Julio de 2022 obrante a Fs. 1 la “Comisión Municipal de Cultura” solicita un subsidio, para cancelar gastos originados en las actividades de las vacaciones de invierno, cuya copia de factura se encuentra en Fs. 02 y 03;
Que la Entidad solicitante solicita la suma de Pesos Ciento Diez Mil ($ 110.000,00);
Que el Registro de Entidades de Bien Público certifica a Fs. 06 que la Comisión de Cultura se encuentra inscripta como Entidad de Bien Publico cumpliendo con lo establecido en el Articulo 4º y 5º de la Ordenanza Nº 326/91;
Que a su vez la Contaduría Municipal se expide en Fs. 05 certificando la existencia de fondos y que corresponde la atención del Gasto con fondos provenientes de la partida: Jurisdicción: 1110102000 Secretaria de Gobierno - Programa: 16.01.00 - Partida: 5.3.8.0. Transferencia a otras instituciones culturales y sociales - Fuente de Financiamiento: 110;
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada….”;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Dese lugar al pago del subsidio tramitado en actuaciones del Expediente Administrativo Nro. 4022-13.024/22, por la suma de Pesos Ciento Diez Mil ($ 110.000,00) a favor de la Entidad: Comisión Municipal de Cultura - Entidad de Bien Publico Nº 219/2012 -, de acuerdo al actuado por Expediente Administrativo Nro. 4022-13.024/22.------------------------------------
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento del presente se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2022 informada por la Contaduría Municipal: --------------------------
Jurisdicción 1110102000 Secretaria de Gobierno y Seguridad –.-
Programa 16.01.00.-
Partida: 5.3.8.0. “Transferencias a municipalidades y otros entes comunales”.-
Fuente de Financiamiento: 110 de Municipal.-
ARTICULO 3º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido en cada caso, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.-----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.---------------------------------------------