Boletines/Daireaux
Decreto Nº 843/2022
Daireaux, 20/07/2022
DECLARANDO PRESCRIPCION RIVERO
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4022-12.992/22, y
Considerando
Que el mismo se inicia a partir de la nota presentada por el Sr. RIVERO Miguel Ángel, que obra en Fs. 01;
Que a través de la nota citada solicita se aplique prescripción sobre la deuda de patente que posee el rodado identificado como HXE - 304;
Que la Ley 13.536 dispone en su artículo 1º: “Los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucional y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley”;
Que asimismo sobre el particular se ha expedido a Fs. 05 la Dirección de Asuntos Legales de esta Municipalidad manifestando que corresponde se aplique las disposiciones del artículo 278º (Texto según ley 12.076) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en cuanto establece que las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse, entendiendo que las deudas anteriores al período 08/2016 se han transformado en obligaciones naturales, en los términos del Art. 515 del CC y C de la Nación Argentina;
Que conforme surge de las constancias de la Oficina de Recaudación y Control Tributario (Fs. 05), no ha habido intimaciones administrativas realizadas por la Municipalidad;
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Declarar la prescripción de la deuda por patente automotor del rodado identificado como HXE 304 por el período que abarca desde el 05/2015 hasta el 06/2017 entendiendo que las mismas han pasado a ser una obligación natural, conforme los términos del Artículo 515 del C.C. y C. de la Nación Argentina, de acuerdo a lo actuado en Expediente Administrativo Nro. 4022-12.992/22.-------------------------------------------
ARTICULO 2º. Agréguese copia del presente al Expediente respectivo y gírese a la Dirección de Recaudación y Control Tributario y Contaduría Municipal a los fines correspondientes.---------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.---------------------------------------------