Boletines/Rivadavia

Decreto Nº1146/2022

Decreto Nº 1146/2022

Rivadavia, 29/07/2022

Visto

           Que a efectos de promover el desarrollo de actividades económicas en nuestro Distrito, el Municipio ha determinado brindar apoyo económico a las personas o entidades que presenten un proyecto de microemprendimiento viable, que ofrezca salida laboral a quienes lo lleven adelante;

          Que por Decreto Nº 761/2005 se establece la Reglamentación para el otorgamiento de estas ayudas;

          Que el Sr. Alcides Rubén Almará solicita un apoyo económico destinado a la compra de herramientas  necesarias para el desarrollo de su actividad comercial en el rubro de Producción Hortícola en el Vivero Forestal Municipal de la Ciudad de América;  

            Que el Director General de Producción ha efectuado el correspondiente análisis  del proyecto,  encontrándolo factible y viable, según consta en el expediente Nº 4094-502/2022;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RIVADAVIA, EN USO DE SUS FACULTADES

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º.- Concédase al Sr. ALCIDES RUBEN ALMARÁ, D.N.I. Nº 12.619.993, un subsidio reintegrable de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL ($ 124.000.-), destinado a la compra de herramientas para dar impuso a su actividad comercial en el rubro Producción Hortícola en la Ciudad de América.-

ARTICULO 2º.-  El  monto establecido en el artículo anterior será imputado a la Cuenta que seguidamente se detalla:

  • Jurisdicción: 1110102000 – Secretaría de Gobierno
  • Unidad Ejecutora: 3 – Secretaría de Gobierno
  • Dependencia: 2175 – Emprendimientos Productivos
  • Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal
  • Imputación Presupuestaria: 01.10.00 - 6.2.1.0. – Préstamos a corto plazo al sector privado.

ARTICULO 3º.- Déjase constancia de que la Dirección General de Producción deberá efectuar el seguimiento del proyecto para evaluar su desarrollo.-

ARTICULO 4º.- Convalídase el convenio celebrado entre el Municipio y el Sr. Alcides Rubén Almará, relacionado con el destino y devolución del apoyo económico otorgado.-

ARTICULO 5º.-  El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 819/2022.-

ARTICULO 6º.- Comuníquese, regístrese y archívese.-

 

      SERGIO JUAN ARANGUEZ                                 JAVIER ULISES REYNOSO

         Secretario de Gobierno                                           Intendente Municipal