Boletines/Saladillo
Decreto Nº 2019/2022
Saladillo, 04/08/2022
Visto
el expediente de la referencia, mediante el cual tramita un proyecto de subdivisión del inmueble con nomenclatura catastral: Circ. I, Sec. H, Ch. 208, Parc. 2, 5 y 16;
QUE, la propietaria de los inmuebles que involucra la subdivisión, presentó dos proyectos diferentes; uno que toma en cuenta la parcela del ferrocarril propiedad del Municipio que se encuentra ubicada en entre las parcelas de su propiedad y otro en el cual solo toma sus parcelas;
QUE, para el proyecto de subdivisión que toma la parcela del ferrocarril, propone abonar al Municipio por ello, ya sea en dinero o en obras, en el lugar o en otro que disponga el Municipio;
Considerando
que a fs. 13 se expide el Secretario de Obras y Servicios Públicos y el Director de Planeamiento, Tierra y Vivienda, informando la zonificación y medidas mínimas de subdivisión, además de considerar que para el caso de considerar el proyecto de subdivisión que involucra al terreno del ferrocarril, sería conveniente evaluar la confección y firma de un convenio donde se plasmen la infraestructura y obras a realizar y los plazos para la misma;
QUE, a fs. 15/19 la propietaria presenta nota con posible propuesta a fin de poder involucrar en el proyecto de subdivisión la parcela del ferrocarril perteneciente al Municipio, y adjunta dos tasaciones;
QUE, a fin de poder terminar de elaborar un posible convenio que regule estas particularidades del caso, resulta oportuno requerir una tasación oficial al Banco de la Provincia de Buenos Aires, a efectos de que se expide sobre la valuación del inmueble propiedad del Municipio que la iniciadora del trámite de subdivisión pretende utilizar en su proyecto a fin de integrarlo al resto de sus parcelas, evitando de esa forma generar macizos anti reglamentarios;
QUE, con fecha 01 de julio de 2022, el Banco de Provincia de Buenos Aires pone en conocimiento que ya se ha concluido con el informe requerido y, asimismo informa que el costo de ello asciende a la suma de pesos cuarenta y cinco mil ciento cuarenta y tres ($ 45.143,00.-);
QUE, de acuerdo a todo lo expuesto, resulta necesario el dictado de un acto administrativo que autorice el pago al Banco de la Provincia de Buenos Aires, atento la tasación efectuada;
Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades
D E C R E T A
ARTICULO 1: Autorizar a la Oficina de Tesorería y Contaduría a abonar al Banco de la Provincia de Buenos Aires, la suma de pesos cuarenta y cinco mil ciento cuarenta y tres ($ 45.143,00.-); en concepto de pago por la tasación efectuada con relación al inmueble con nomenclatura catastral Circ. I, Sec. H, Ch. 208, Parc. 1A.
ARTICULO 2: Comunicar, a fin de que tomen razón las correspondientes oficinas y, cumplido, dar al Registro Oficial de Decretos.
DECRETO 2019/2022