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Ordenanza Nº7065

Ordenanza Nº 7065

Baradero, 24/06/2022

Visto la solicitud de Clara Romero, Cacique Nalá del Pueblo QOM, Presidente de la Mesa Coordinadora Regional de Pueblos Indígenas para Derechos Humanos del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro y Autoridad Indígena Nacional, para instaurar este fecha en conmemoración del primer día en que los pueblos indígenas comenzaron la resistencia ante el avance Español;

    Considerando que la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración Americana sobre los Derechos de los pueblos Indígenas, reconocen y aseguran los Derechos Humanos de los pueblos originarios, como así también el respeto a sus valores, costumbres, organización y cultura;

   Que nuestra Constitución Nacional en su Art. 75, Inc. 17, reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, y reconoce su identidad y asegura su participación en los intereses que les afecten;

    Que la Ley 23.302 sobre Política Indígena y Apoya a las Comunidades Indígenas, en su Art. 1, declara de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando su cultura y cosmovisión;

    Que por Ley 24.071 se aprobó el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y en sus Art. 5, 6 y 7 reconocen y protegen los valores y prácticas sociales, culturales, religiosas y espirituales propios de dichos pueblos, y establece la consulta, participación y decisión en medidas legislativas y/o administrativas que los afecten directamente;

    Que la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en su art. 36, Inciso 9, establece que la Provincia reivindica la existencia de los pueblos indígenas en su territorio, garantizando el respeto a sus identidades étnicas y el desarrollo de sus culturas;

   Que a partir del 2010, por decreto 1584 del Poder Ejecutivo Nacional el 12 de Octubre se conmemora el Día del Respeto a la diversidad Cultural, antes denominado “Día de la Raza”, lo que implicó un cambio de paradigma en la visión histórica de la “colonización” que se llevó a cabo a partir de 1492 y se puso de manifiesto el genocidio que sufrieron y sufren los Pueblos Indígenas que habitan nuestro Continente y especialmente Argentina;

   Que el 12 de octubre para los Pueblos Indígenas es un día de profundo dolor, ya que significó la pérdida de la libertad y la violación de sus derechos más fundamentales;

    Que es necesario respetar lo que significa para los Pueblos Indígenas el 12 de octubre y dar lugar a que en esa fecha no se realicen ceremonias ni actos;

     Que no puede existir un acto por el día de la Diversidad Cultural si indígenas;

      Que el 11 de octubre representa para los pueblos Indígenas el primer día de resistencia y lucha contra el proceso que les arrebató su libertad, y que continúa hasta la actualidad;

    Que Baradero ha llevado siempre una política de respeto y valorización en cumplimiento de los derechos de los pueblos indígenas y sus autoridades;

   Que este Municipio no solo recuperó un Cementerio Indígena, sino que ha sido pionero en poner en valor el derecho a la Consulta y Participación de los Pueblos Indígenas, solicitando en Acto Oficial el correspondiente consentimiento y participación a la Autoridad Indígena Regional;

   Que nuestra ciudad siempre mantuvo una buena relación con la Cacique Nalá Clara Romero como Autoridad Indígena entregándole la información pertinente;

    Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;

    Por ello, tratado y aprobado el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de Ley la siguiente

ORDENANZA

ORDENANZA N° 7065-22

Artículo 1°: Declarase en todo el Partido de Baradero a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, el día 11 de octubre de cada año como “El Último Día de Libertad Indígena”.

Artículo 2°: Establézcase en todo el Partido de Baradero el día 13 de octubre de cada año, como “Día Municipal de la Resistencia Indígena”.

Artículo 3°: Incorpórese la declaración de los artículos precedentes al calendario de eventos municipales.

Artículo 4°: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.

Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en Sesión ordinaria del día 24 de junio de 2022.

FDO: Sr. Marcelo J. Daubián, PTE. HCD y Sr. Carlos A. Olmos, Secretario de HCD.

BARADERO, 27 de junio de 2022.

PROMULGASE, cúmplase, regístrese y publíquese la presente ordenanza registrada bajo el N° 7065-22.

FDO: Sr. Esteban D. Sanzio, Intendente Municipal y Sr. Héctor R. Genoud, Secretario de Desarrollo Humano.