Boletines/General Villegas

Decreto Nº979/22

Decreto Nº 979/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 31/05/2022

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 4472/22, correspondientes a la Licitación Privada Nº 16/22 destinada a la “Adquisición de reductores de velocidad”, autorizada por Decreto Nº 740/22; y

CONSIDERANDO:

Que de fojas 95 a 97, se agregan el acta de apertura de propuestas y las planillas de comparación de ofertas.

Que de los cinco (5) proveedores invitados a cotizar se presentaron tres (3).

Que a fojas 100, la Jefa de Compras manifiesta que según el estudio y análisis de las propuestas realizado por el Secretario de Seguridad a fojas 99, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Jordan S.R.L., en la suma de Pesos tres millones trescientos setenta mil quinientos ($ 3.370.500) por resultar conveniente a los intereses municipales; por otro lado corresponde rechazar las ofertas presentadas por los proveedores Solution Junin S.A.S. y Superfil S.A. por no resultar técnicamente convenientes, debiendo realizar la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta aportadas.

Que, de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada 16/22 destinada a la “Adquisición de reductores de velocidad”, al oferente Jordan S.R.L., en la suma de Pesos tres millones trescientos setenta mil quinientos ($ 3.370.500) por resultar conveniente a los intereses municipales, de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 4472/2022 por las razones expuestas precedentemente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Rechácense las propuestas presentadas en la licitación mencionada anteriormente, por los proveedores Solution Junín S.A.S. y Superfil S.A., por no resultar técnicamente convenientes.

ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a los oferentes que se consignan a continuación las garantías de mantenimiento de oferta aportadas en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme el siguiente detalle:

  • SOLUTION JUNIN S.A.S.: pagaré sin protesto certificado de $ 337.500.
  • SUPERFIL S.A.: pagaré sin protesto certificado de $ 337.500.

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Secretaría de Seguridad; cúmplase y archívese.