Boletines/General Villegas
Decreto Nº 972/22
Publicado en versión extractada
General Villegas, 30/05/2022
VISTO:
El Expediente Nº 4644/22, iniciado por el Subsecretario de Gobierno a/c de la Dirección de Asuntos Jurídicos, solicitando se deje sin efecto la eximición otorgada desde el año 1988, en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, al Contribuyente N° 8055 inscripto a nombre de Sixto Américo Rodríguez, como consecuencia de su fallecimiento producido el día 2 de julio de 2003 y;
CONSIDERANDO:
Que la Delegación Municipal de Cañada Seca informó que actualmente su esposa habita en el inmueble, quien recibe una pensión y jubilación desconociendo los montos de dichos haberes jubilatorios, no obstante al día de la fecha, no se encuentra actualizada la información respecto al grupo familiar conviviente.
Que a fojas 11 el Departamento de Catastro interviene informando los datos del inmueble individualizado como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 20, Parcela 6f, Contribuyente N° 8055, registrado a nombre de Sixto Rodríguez.
Que a fojas 13 la Directora de Rentas toma conocimiento.
Que el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”, obliga a los beneficiarios o herederos de éstos, a comunicar cualquier cambio (fallecimiento, venta, alquiler, cesión, etc.), caso contrario el Municipio procederá al cobro de la Tasa, desde la fecha en que se generó el hecho.
Que el Artículo 13º de la Reglamentación antes citada, exige a las oficinas que detecten cambios en las circunstancias de los inmuebles beneficiados por la eximición por tramitaciones administrativas, que las informen al Departamento Ejecutivo.
Que resulta procedente el dictado del acto administrativo pertinente, a fin de dar de baja del listado de Eximiciones al Contribuyente mencionado.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de Baja del Listado de Eximiciones de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil” a partir del día 31 de diciembre de 2021, al Contribuyente Nº 8055, correspondiente al inmueble ubicado en la Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 20, Parcela 6f, inscripto a nombre de Sixto Rodríguez, debido a su fallecimiento, en concordancia con lo establecido en el Inciso 9° del Capítulo VII – De las Exenciones - de la Ordenanza Fiscal vigente, como Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII - De las Exenciones”.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Contaduría, Secretaría de Desarrollo Social, Departamento de Catastro, División Comercio e Inspección, Procesamiento de la Recaudación, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.