Boletines/General Villegas

Decreto Nº963/22

Decreto Nº 963/22

Publicado en versión extractada

General Villegas, 27/05/2022

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 5476/22, pertenecientes Licitación Privada N°17/22 destinada a la “Adquisición de combustible - Abastecimiento para maquinarias de Dirección Vial y Delegaciones Municipales - Reparación y mantenimiento de caminos rurales”, aprobada por Decreto N° 912/22; y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 43 obra el Acta de Apertura de Ofertas.

Que la Jefa de Compras, interviene a fojas 46, informando que se presentó un (1) solo oferente a cotizar de los cinco (5) invitados. Y, que realizado el estudio y análisis de las propuestas estima conveniente adjudicar la Licitación al oferente Guazzaroni Greco S.A., en la suma de Pesos cinco millones setecientos cuarenta mil ($ 5.740.000.-), por resultar conveniente a los intereses municipales.

Que el Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y el Artículo 187 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, contemplan el supuesto de adjudicación a única oferta con autorización del Honorable Concejo Deliberante.

Que es imprescindible resolver el acto licitatorio mediante el dictado del acto administrativo pertinente, ad referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante, conforme lo previsto en el Artículo 232 del Reglamento antes citado.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada N° 17/22 destinada a la “Adquisición de combustible - Abastecimiento para maquinarias de Dirección Vial y Delegaciones Municipales - Reparación y mantenimiento de caminos rurales”, al oferente GUAZZARONI GRECO S.A. en la suma de Pesos cinco millones setecientos cuarenta mil ($ 5.740.000.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 5476/22, por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto se dicta ad-referéndum de la aprobación del Honorable Concejo Deliberante General Villegas.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Dirección Vial; cúmplase y archívese.